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Documento BOE-J-2023-72568

MADRID. Edicto de 20 de febrero de 2023 en procedimiento civil número 3/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 50, de 28 de febrero de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-72568

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 06 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 3/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 20/02/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 20 dias

DESTINATARIOS

Acreedores del deudor Auler Interprofe S.L.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO D.ª María Jesús Palmero Sandín, Letrada del Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del TRLC ANUNCIA Que con número de autos 3/2023 se sigue procedimiento concursal en el que en fecha 20/2/2023 se ha dictado Auto en el que: 1.- Se acuerda la conclusión del presente concurso por la causa 7ª del art. 465.1 L.Co. respecto del deudor Auler Interprofe S.L.(CIF B86505013); ordenando una vez firme la presente Resolución, el archivo definitivo de la presentes actuaciones. 2.- Se acuerda, con subsistencia temporal y provisional de la personalidad jurídica de la mercantil concursada, a los efectos -en su caso- de su ordenada disolución, liquidación y extinción por las normas de la Ley de Sociedades de Capital, el cierre provisional de la hoja abierta a esa persona jurídica en el registro público en el que figure inscrita. Firme la presente Resolución, expídase por el de la Administración de Justicia expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución, con expresión de la firmeza, que remitirá por medios electrónicos al registro correspondiente. Transcurrido un año a contar desde la firmeza de la presente Resolución ordenado el cierre de la hoja registral sin que se haya producido la reapertura del concurso, el Registro procederá a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica, con cierre definitivo de la hoja registral de la indicada mercantil concursada.

Madrid, 20 de febrero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARÍA JESÚS PALMERO SANDÍN

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