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Documento BOE-J-2023-70328

SALAMANCA. Edicto de 20 de febrero de 2023 en procedimiento civil número 796/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 47, de 24 de febrero de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - SALAMANCA
Referencia:
BOE-J-2023-70328

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Salamanca

Dirección: Plaza COLON 8

Localidad: Salamanca

Código Postal: 37001

Provincia: Salamanca

Teléfono: 923284690

Correo electrónico: miguelangel.gomez@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 796/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 22/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Requerimiento

DESTINATARIOS

BARROCO FOODS SL - Nº ****4987*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

REQUERIMIENTO Y EVENTUAL CITACIÓNÓRGANO JUDICIAL QUE ACUERDA EL REQUERIMIENTO Y EVENTUALCITACIÓNJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA.N.4 de SALAMANCAASUNTO EN QUE SE ACUERDAEl arriba referenciado.ENTIDAD A LA QUE SE REQUIERE Y CITABARROCO FOODSCALLE FERNANDO DE ROJAS nº 1, esquina Avda. de Portugal(VADEPIZZA) -SALAMANCAOBJETODEL REQUERIMIENTO- Al no caber enervación de la acción por la parte demandadaen el presento caso, para que en el plazo de DIEZ DÍAS,desaloje el inmueble, pague al actor o comparezca ante eltribunal y alegue sucintamente, formulando oposición, lasrazones por las que, a su entender, no debe, en todo o enparte, la cantidad reclamada o las circunstancias relativas ala procedencia de la enervación.El pago podrá realizarse también mediante ingreso en la cuentade depósitos y consignaciones del Juzgado en BANCO SANTANDER,cuenta ES55 00493569 9200 0500 1274, Y EN CONCEPTO 3698 000002 0796 22, para este expediente.Código Seguro de Verificación E04799402-MI:zzci-Ur3z-Nz8V-xV8x-F Puede verificar este documento en https://www.administraciondejusticia.gob.esFirmado por: JESUS JAVIER IGLESIASMARTIN23/11/2022 13:35MinervaSe ha señalado para que tenga lugar la EVENTUAL VISTA EN CASODE OPOSICIÓN DEL DEMANDADO, el próximo día 26 de enero a las13:00 horas, la cual tendrá lugar en la Sala de VISTAS Nº 5 deeste Juzgado sito en PLAZA COLON 8; sirviendo el requerimientode citación en forma.Se ha señalado para la práctica del LANZAMIENTO de la partedemandada del inmueble arrendado, si se cumplen los requisitoslegales para ello, el día 1 de febrero de 2023 a las 9,30horas.El ocupante de la finca, antes de la fecha indicada, deberetirar las cosas que no sean objeto de la ejecución,advirtiéndole que de no retirarlas, dichos objetos seránconsiderados como cosas abandonadas a todos los efectos.PREVENCIONES LEGALESQue no realizar ninguna de las actuaciones citadas, seprocederá a su inmediato lanzamiento, sin necesidad de sunotificación posterior.Si no atendiere el requerimiento de pago o no comparecierepara oponerse o allanarse, se dictará Decreto dando porterminado el juicio de desahucio y se procederá al lanzamientoen la fecha fijada.Si atendiere al requerimiento en cuanto al desalojo delinmueble sin formular oposición ni pagar la cantidad que sereclama, se hará constar y se dictará decreto dando porterminado el procedimiento y dejando sin efecto la diligenciade lanzamiento, a no ser que el demandante interese sumantenimiento para que se levante acta sobre el estado en quese encuentre la finca, dando traslado al demandante para queinste el despacho de ejecución en cuanto a la cantidadreclamada, bastando para ello con la mera solicitud.Que la falta de oposición al requerimiento supondrá laprestación de su consentimiento a la resolución del contratode arrendamiento que le vincula con el arrendador.Que SI PRETENDIERA OPONERSE deberá presentar escrito deoposición dentro del plazo del requerimiento, el cual deberáir firmado por Abogado y Procurador.En caso de Formular en forma la oposición, se advierte yapercibe a las partes de:a.- A la parte demandante:Que si no asistiere a la vista y la parte demandada no alegareinterés legítimo en la continuación del proceso, se le tendrápor desistido de la demanda, se le impondrán las costas y sele condenará a indemnizar al demandado que haya comparecido siéste lo solicitara y acreditara los daños y perjuiciossufridos (artículo 442.1 LEC).b.- A la parte demandada:Que de no comparecer a la vista se declarará el desahucio sinmás trámite.Que la comparecencia en juicio deberá verificarse por medio deProcurador legalmente habilitado para actuar ante estetribunal y con asistencia de Abogado, y que en el supuesto dequiera solicitar el reconocimiento del derecho de asistenciajurídica gratuita o interesar la designación de Abogado yProcurador de oficio, deberá hacerlo necesariamente dentro delos tres días siguientes a la práctica del requerimiento.Que queda citada para recibir la notificación de la sentenciael sexto día siguiente al señalado para la vista,advirtiéndole que, en caso de que la sentencia seacondenatoria y no se recurra, se procederá al lanzamiento enla fecha fijada, sin necesidad de notificación posterior.c.- A ambas partes:Que deben comparecer a la vista con las pruebas de queintenten valerse.Que si alguna de ellas no asistiere personalmente y sepropusiera y admitiera como prueba su declaración, podráconsiderarse como admitidos los hechos del interrogatorio enlos que hubiera intervenido personalmente y les seanenteramente perjudiciales (artículos 304 y 440 LEC).Que en el plazo de cinco días siguientes a la recepción delrequerimiento, deben indicar las personas que, por no poderlaspresentar ellas mismas, han de ser citadas a la vista para quedeclaren en calidad de partes o de testigos. A tal fin,facilitarán los datos y circunstancias precisas para llevar acabo la citación. En este mismo plazo podrás las partes pedirrespuestas escritas a cargo de persona jurídica o entidadespúblicas por los trámites establecidos en el artículo 381 LEC.Que deben comunicar a este tribunal cualquier cambio dedomicilio que se produzca durante la sustanciación delproceso, así mismo deberán comunicar los cambios relativos asu número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico osimilares, siempre que estos últimos estén siendo utilizadoscomo instrumentos de comunicación con la oficina judicial(artículo 155.5 LEC).En SALAMANCA, a veintidós de noviembre de dos mil veintidós.EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAL

Salamanca, 20 de febrero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JESUS JAVIER IGLESIAS MARTIN

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