Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Llíria
Dirección: Calle JOSE PEREZ MARTINEZ S/N
Localidad: Llíria
Código Postal: 46160
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 962782862
Correo electrónico: limi02_val@gva.es
Civil
Número: 642/2021
NIG: 4614741120210003761
Sentencia
Fecha: 19/01/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
EKATERINA KHARINA - NIF/NIE: ****3866*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
ESTIMO ÍNTEGRAMENTE lademanda de divorcio formulada por ProcuradoraSra. Mª Asunción García de la Cuadra, en nombre y representación de DSERGIO HERREJO CARRASCO, contra DOÑA EKATERINA KHARINA, en rebeldía, y DECLARO DISUELTO POR DIVORCIOel matrimonio de dichos cónyuges, quedandorevocados los poderes que pudieran tener las partes una a la otra por razón del matrimonio, operando esta circunstancia ex lege.No se hace expresa condena en costasFirme que sea esta Sentencia, comuníquese al Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio.MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de APELACIÓNante la Audiencia Provincial de Valencia (artículo 455 LECn).INFORMACION SOBRE EL DEPÓSITO PARA RECURRIRDe conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ, para que sea admitido a trámite el recurso de apelacióncontra esta resolución deberá constituir un depósito de 50 €, que le será devuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado.El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el banco BANESTO, en la cuenta correspondiente a este expediente (JJJJ 0000 CC EEEE AA) indicando, en el campo “concepto” el código “02 Civil-Apelación” y la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA En el caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria, tras completar el Código de Cuenta Corriente (CCC, 20 dígitos), se indicará en el campo “concepto” el número de cuenta el código y la fecha que en la forma expuesta en el párrafo anterior.En ningún caso se admitirá una consignación por importe diferente al indicado. En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase. Están exceptuados de la obligación de constituir el depósito quienes tengan reconocido el derecho a litigar gratuitamente, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de los tres anteriores.Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por la Sra. Magistrada que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, la Lda. de la Admóm. Judicial doy fe, en Llíria, a 19/01/23.
Llíria, 20 de febrero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARCO ANTONIO BAUTISTA TORRES
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