Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Vera
Dirección: Calle CARRETERA DE LAS AGUILAS S/N
Localidad: Vera
Código Postal: 04620
Provincia: Almería
Teléfono: 600156904
Correo electrónico: AtPublico.JMixto.2.Vera.JUS@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 146/2022
Auto
Fecha: 09/11/2022
Objeto de la publicación edictal:
Requerimiento
FRANCISCA LANZAROTE MARTÍNEZ - NIF/NIE: ***2815**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
PARTE DISPOSITIVA
Se DESPACHA a instancia de CAJAMAR CAJA RURAL, SOC. COOP. DE CREDITO ejecución frente a HERENCIA YACENTE Y DESCONOCIDOS HEREDEROS DE D. JULIO CESAR CASTRO DELGADO y FRANCISCA LANZAROTE MARTINEZ por las siguientes cantidades : 74.673,44 euros de principal más la cantidad de 22.402,03 euros presupuestados para intereses y costas sin perjuicio de ulterior liquidación.
Expídase Mandamiento al Sr. Registrador de la Propiedad de CUEVAS DEL ALMANZORA , a fin de que remita certificación en la que consten los siguientes extremos:
La titularidad del dominio y demás derechos reales del bien hipotecado.
Los derechos de cualquier naturaleza que existan sobre el bien hipotecado, en especial relación completa de las cargas inscritas que lo graven o, en su caso, que se halla libre de cargas.
Que la hipoteca a favor del ejecutante se halla subsistente y sin cancelar, o, en su caso, la cancelación o modificaciones que aparecieren en el Registro. subsistente y sin cancelar o, en su caso, la cancelación o modificaciones que aparecieren en el Registro.
Requiérase al ejecutado a fin de que en el acto haga pago de la cantidades por las que se despacha ejecución.
Notifíquese esta resolución al/los ejecutado/s con entrega de copia de demanda ejecutiva y de los documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que, en cualquier momento pueda personarse en la ejecución.
DATOS REGISTRALES DE LA FINCA:
Nº 31263, INSCRIPCIÓN 2ª, TOMO 612, LIBRO 477 FOLIO 136
Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno. (Art. 551.2 LEC), sin perjuicio de que el/los deudor/es pueda/n oponerse a la ejecución despachada dentro de los DIEZ DIAS siguientes a la notificación de este Auto.
Lo acuerda y firma el/la JUEZ DE ADSCRIPCION TERRITORIAL, doy fe.
REQUERIMIENTO
TRIBUNAL QUE ACUERDA EL REQUERIMIENTO: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE VERA
ASUNTO EN QUE SE ACUERDA: Ejecución hipotecaria 146/2022
PERSONA QUE SE REQUIERE: HERENCIA YACENTE Y DESCONOCIDOS HEREDEROS DE D. JULIO CESAR CASTRO DELGADO y FRANCISCA LANZAROTE MARTINEZ .CALLE JUCAINI, 99 Cuevas del Almanzora
ORDEN QUE DEBE CUMPLIR:
Pagar el importe de las responsabilidades reclamadas que ascienden a 74.673,44 euros de principal más la cantidad de 22.402,03 euros presupuestados para intereses y costas sin perjuicio de ulterior liquidación..
PLAZO O TIEMPO DE CUMPLIMIENTO: En el acto.
Vera, 20 de febrero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DEL PILAR DEL PINO GARCIA
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