Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Sevilla
Dirección: Calle VERMONDO RESTA S/N
Localidad: Sevilla
Código Postal: 41018
Provincia: Sevilla
Teléfono: 955189374
Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.3.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 385/2021
NIG: 4109142120210033653
Decreto
Fecha: 15/02/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
JUAN RAMÓN GARCÍA RUIZ - NIF/NIE: ***1384**
SOCIEDAD FRANQUICIADORA MERCADO PROVENZAL SL - Nº ****5651*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).
E D I C T O
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
DECRETO
Letrada de la Administración de Justicia, Sra..: ANA MARIA GULLON GULLON
En SEVILLA, a quince de febrero de dos mil veintitrés.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- En las presentes actuaciones se ha practicado, a instancia de la entidad actora COCA COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA SLU, tasación de costas con fecha de 16-12-22, de la que se ha dado traslado a las partes, sin que se haya formulado impugnación alguna.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 244.3 de la L.E.C., transcurrido el plazo establecido en el apartado 1 del mismo precepto, sin haber sido impugnada la tasación de costas practicada, el secretario judicial la aprobará mediante decreto.
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO:
- Aprobar la tasación de costas practicada en este proceso en fecha 16-12-22, por importe de 309,43 euros a cuyo pago ha sido condenada la parte demandada JUAN RAMON GARCIA RUIZ y SOCIEDAD FRANQUICIADORA MERCADO PROVENZAL SL.
MODO DE IMPUGNACIÓN: En cuanto al pronunciamiento sobre las costas cabe RECURSO DE REVISIÓN en el plazo de CINCO DÍAS.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Y como consecuencia del ignorado paradero de JUAN RAMON GARCIA RUIZ y SOCIEDAD FRANQUICIADORA MERCADO PROVENZAL SL, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
SEVILLA a quince de febrero de dos mil veintitrés.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Sevilla, 16 de febrero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JUANA GALVEZ MUÑOZ
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid