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Documento BOE-J-2023-570964

COÍN. Edicto de 21 de diciembre de 2023 en procedimiento civil número 495/2017.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 309, de 27 de diciembre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - MÁLAGA
Referencia:
BOE-J-2023-570964

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Coín

Dirección: Calle MAGISTRADO MIGUEL GARCIA LOPEZ S/N

Localidad: Coín

Código Postal: 29100

Provincia: Málaga

Teléfono: 951505213

Correo electrónico: jmixto.2.coin.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 495/2017

NIG: 2904242120170001807

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 02/02/2018

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: cinco dias

Requerimiento. Plazo: cinco dias

DESTINATARIOS

JUAN FRANCISCO ARAGON RANDO - NIF/NIE: ***8701**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

AUTO

D./Dña. MARÍA CRISTINA HURTADO DE MENDOZA NAVARRO

En Coín, a dos de febrero de dos mil dieciocho

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.-Por el/la Procurador/a Sr./Sra. JOSE LUIS TORRES BELTRAN, en nombre y representación de BANCO SABADELL, S.A., se ha presentado DEMANDA EJECUTIVA solicitando el despacho de ejecución contra JUAN FRANCISCO ARAGON RANDO con fundamento en el siguiente TÍTULO EJECUTIVO:

CLASE Y FECHA DEL TITULO: Poliza de Préstamo de fecha 19 de noviembre de 2008.

EJECUTANTE: BANCO SABADELL, S.A..

EJECUTADO: JUAN FRANCISCO ARAGON RANDO.

PRINCIPAL OBJETO DE RECLAMACIÓN: 99.495,76 euros.

PRESUPUESTO PARA INTERESES Y COSTAS: 29.848,73 euros.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Establece el vigente art. 551.1 LEC que, presentada la demanda ejecutiva, siempre que concurran los presupuestos y requisitos procesales, el título ejecutivo no adolezca de ninguna irregularidad formal y los actos de ejecución que se soliciten sean conformes con la naturaleza y el contenido del título, el tribunal dictará auto conteniendo la orden general de ejecución y despachando la misma.

SEGUNDO.- Teniendo en cuenta lo dispuesto en los arts. 549 y 550 LEC sobre la demanda ejecutiva y los documentos acompañados en el presente se caso, se cumplen todos los requisitos y presupuestos exigidos para el despacho de ejecución, siendo válido el título ejecutivo, siendo la cantidad reclamada determinada y líquida, no excediendo los intereses y costas reclamados de los límites establecidos en el art. 575 LEC, y siendo las actuaciones ejecutivas interesadas conformes al título presentado, razones todas ellas por las cuales es procedente dictar el mencionado auto dando la orden general y despacho de la ejecución con el contenido que el mismo art. 551.1 LEC expresa.

Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación.

PARTE DISPOSITIVA

En atención a lo expuesto, seACUERDA:

Se da la ORDEN GENERAL y SE DESPACHA EJECUCIÓN DINERARIAa instancia de BANCO SABADELL, S.A., representada por el/la Procurador/a, JOSE LUIS TORRES BELTRAN, en adelante parte ejecutante, contra JUAN FRANCISCO ARAGON RANDO, con DNI numero 27387010J, en adelante parte ejecutada, por las cantidades de 99495,76 euros de PRINCIPAL, más otros 29848,73 euros presupuestados para INTERESES y COSTAS sin perjuicio de su ulterior liquidación .

Queden los autos sobre la mesa del/la Letrado/a de la Administración de Justicia a los efectos de dictar el correspondiente decreto de medidas ejecutivas del art. 551.3 LEC.

Conforme al art. 553 LEC, notifíquese la presente resolución simultáneamente con el decreto de medidas ejecutivas a las partes y al/los ejecutado/s, o al/los Procurador/es que lo represente/n, con entrega de copias de la demanda ejecutiva y documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que en cualquier momento puedan personarse en la ejecución.

Esta resolución es firme y contra ella no cabe recurso alguno conforme a lo dispuesto en el art.551.4 LEC, sin perjuicio de que el/los ejecutado/s puedan oponerse a la ejecución despachada dentro del plazo de DIEZ DÍAS siguientes a la notificación de este auto.

Así lo acuerda y firma el/la Magistrado/a-Juez arriba referido/a, de lo que yo el/la Letrado/a de la Administración de Justicia, CARMEN BAUTISTA SANCHEZ, DOY FE.

EL/LA MAGISTRADO/A-JUEZ EL/LA LETRADO/A DE LA

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

REQUERIMIENTO

TRIBUNAL QUE ACUERDA EL REQUERIMIENTO: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº2 DE COÍN

ASUNTO EN QUE SE ACUERDA: El arriba referenciado.

PERSONA QUE SE REQUIERE: JUAN FRANCISCO ARAGON RANDO.

Domicilio: UR LA CHICHARA Alhaurín el Grande

ORDEN QUE DEBE CUMPLIR: Pagar al peticionario la cantidad de 99.495,76 euros de principal, más 29.848,73 euros presupuestados provisionalmente para intereses y para costas.

PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LO ORDENADO:En el acto.

PREVENCIONES LEGALES

Si no hace efectivo el pago, se seguirá la vía de apremio contra bienes de su propiedad.

Contra esta resolución que se le notifica no cabe recurso alguno.

Si quiere oponerse, deberá realizarlo mediante escrito de oposición dentro del término de DIEZ DÍAS, que habrá de presentar firmado por Abogado y Procurador.

En Coín, a dos de febrero de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Coín, 21 de diciembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JOSE PEREZ-VALENZUELA RAMOS

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