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Documento BOE-J-2023-567710

VALÈNCIA. Edicto de 20 de diciembre de 2023 en procedimiento concursal número 620/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 308, de 26 de diciembre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2023-567710

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 5 de València

Dirección: Plaza PLAZA DEL TURNO DE OFICIO 1

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961922186

Correo electrónico: vamerca05_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 620/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 14/12/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

MYRIAM DEL CARMEN HERRERA LOPEZ - NIF/NIE: ****7808*

LIBARDO ALFREDO SANTACRUZ MORA - NIF/NIE: ***5726**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 5 DE VALENCIAPlaça Del Torn D'Ofici - Ciutat De La Justícia – 46013 Valencia - vamerca05_val@gva.esNIG:46250-66-1-2023-0003466Procedimiento:CONCURSO ABREVIADO [CNA] Núm.:000620/2023 - 2Deudor:LIBARDO ALFREDO SANTACRUZ MORA y MYRIAM DEL CARMEN HERRERA LOPEZPROCURADOR/A: NEBOT GRANERO, MARIA ESPERANZA y NEBOT GRANERO, MARIA ESPERANZAABOGADO/A: ESPARZA PRATS, JORGE y ESPARZA PRATS, JORGEE D I C T OD./Dª. PILAR IRLES MARTÍNEZ, Letrado A. Justicia del Juzgado de loMercantil num. 5 de VALENCIA, por el presente HAGO SABER:Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de AcreedoresCONCURSO ABREVIADO [CNA] núm. 000620/2023 habiéndose dictado enfecha 14-12-23 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez Auto por el quese acuerda:1.- Reconocer la EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO a D./DªLIBARDO ALFREDO SANTACRUZ MORA y MYRIAM DEL CARMEN HERRERALOPEZ, alcanzado la misma a la totalidad de los créditos, tanto comunicados comono comunicados, siempre que no tengan la condición legal de no exonerables deconformidad con lo dispuesto en el fundamento jurídico SEGUNDO de la presenteresolución.El pasivo no satisfecho EXONERADO se debe considerar inexigible, sinperjuicio del régimen de revocación previsto en el art. 493 TRLC. La extinción de loscréditos no alcanza a los obligados solidarios, fiadores y avalistas del concursadorespecto de los créditos que se exoneran.Los acreedores afectados deberán comunicar a los sistemas de informacióncrediticia a los que previamente hubieran informado del impago o mora de deudaexonerada para la debida actualización de sus registros2.-La CONCLUSION del concurso de D./Dª LIBARDO ALFREDOSANTACRUZ MORA y MYRIAM DEL CARMEN HERRERA LOPEZ cesandorespecto del mismo todos los efectos de la declaración del concurso, una vez seafirme la presente resolución.Con la presente publicación se da la publicidad establecida en elart. 482 del TRLC para la resolución que acuerda la conclusión delprocedimiento.Más información disponible en el Registro Público Concursal a través delenlace:https://www.publicidadconcursal.es/consulta-publicidad-concursal-newEn VALENCIA, a catorce de diciembre de dos mil veintitrés.EL/LA LETRADO/A A. JUSTICIACSV:HX2ZHY16:DUBM2S31:4J37TFDH URL de validació:https://www.tramita.gva.es/csv-front/index.faces?cadena=HX2ZHY16:DUBM2S31:4J37TFDHCSV:HX2ZHY16:DUBM2S31:4J37TFDH URL de validació:https://www.tramita.gva.es/csv-front/index.faces?cadena=HX2ZHY16:DUBM2S31:4J37TFDH

València, 20 de diciembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PILAR IRLES MARTINEZ

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