Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Llíria
Dirección: Calle PLA DE L'ARC (DEL) S/N EDIFICI SEU DE LA MANCOMUNITAT
Localidad: Llíria
Código Postal: 46160
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 962825626
Correo electrónico: limi02_val@gva.es
Civil
Número: 365/2022
NIG: 4614741120210002170
Diligencia
Fecha: 01/04/2021
Objeto de la publicación edictal:
Requerimiento
MARÍA TERESA CIVERA DOMINGUEZ - NIF/NIE: ***8720**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
En LLIRIA (VALENCIA), a uno de abril de dos mil veintiuno.
Con la anterior solicitud y documentación que se acompaña, en concreto, la certificación del acuerdo de la Junta prevista en el artículo 21.2 de la Ley de Propiedad Horizontal ( L.P.H. ), aprobando la liquidación de la deuda con la comunidad de propietarios con constancia de su notificación, presentada por El procurador de los tribunales, Sr./a. NAVAS GONZALEZ, JOSE ANTONIO, en nombre y a instancia de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS PLAZA MAYOR 9 DE BENAGUASIL, frente a MARIA TERESA CIVERA DOMINGUEZ, EVA MARIA CIVERA DOMINGUEZ, JOSE LUIS CIVERA DOMINGUEZ y JUAN CARLOS CIVERA DOMINGUEZ, en reclamación de 1609,43 euros, de conformidad con lo previsto en el artículo 815.1 Y 2 de la L.E.C., acuerdo:
1.- Registrar y formar autos de proceso monitorio.
2.- Declarar competente territorialmente este órgano para conocer de dicha petición en virtud de lo previsto en los artículos 812 y 813 de la L.E.C.
3.- Sustanciar la petición por los trámites previstos en los artículos 812 y siguientes de la L.E.C.
4.- Requerir a la parte deudora, MARIA TERESA CIVERA DOMINGUEZ, EVA MARIA CIVERA DOMINGUEZ, JOSE LUIS CIVERA DOMINGUEZ y JUAN CARLOS CIVERA DOMINGUEZ, para que en el plazo de VEINTE DÍAS pague al peticionario acreedor la cantidad de 1609,43 euros, acreditándolo ante este órgano, o comparezca ante el mismo alegando sucintamente en escrito de oposición las razones por las que, a su entender, no debe en todo o en parte la cantidad reclamada.
Llíria, 19 de diciembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, LOURDES AMPARO LUNA LOZANO
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