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Documento BOE-J-2023-563137

PAMPLONA/IRUÑA. Edicto de 19 de diciembre de 2023 en procedimiento concursal número 400/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 305, de 22 de diciembre de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - NAVARRA
Referencia:
BOE-J-2023-563137

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Pamplona

Dirección: Plaza JUEZ ELIO 1

Localidad: Pamplona/Iruña

Código Postal: 31011

Provincia: Navarra

Correo electrónico: juzmerca@navarra.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 400/2022

NIG: 3120147120220000369

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 28/11/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Todos los acreedores y demás personas interesadas en el concurso

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

El juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña

ANUNCIA

Que en el Concurso Voluntario número 0000400/2022, NIG 3120147120220000369, siendo el deudor IGNACIO PRIETO MONTSERRAT, con NIF nº 53622815V , se ha dictado auto acordando la exoneración del pasivo insatisfecho y la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice así:

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda la exoneración el pasivo insatisfecho a D. IGNACIO PRIETO MONTSERRAT, acreditado el cumplimiento de los requisitos legales solicitado por la concursada. La exoneración alcanzará a los créditos incluidos en la relación de acreedores presentada junto con la solicitud del concurso, siempre que no estén incluidos en el listado del art. 489 TRLC, y en concreto a:

1-BANCO CETELEM, S.A.UC

2-ING BANK N V SUCURSAL EN ESPAÑA

Se acuerda la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa.

Sirva la presente resolución de mandamiento a los efectos del artículo 492 ter TRLC.

Hágase público el presente auto de archivo y concesión de exoneración del pasivo insatisfecho, por medio de edictos que se insertarán en el tablón judicial edictal único (TEJU) y en el Registro Público Concursal.

MODO DE IMPUGNACION FRENTE A LA CONCLUSIÓN DEL CONCURSO. No cabe recurso.

MODO DE IMPUGNACION FRENTE A LA EXONERACIÓN. Cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días siguientes a aquél en que se efectúe la notificación del presente auto, ante la AP de Navarra.

Pamplona/Iruña, 19 de diciembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ELENA DANIEL DEL VALLE

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