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Documento BOE-J-2023-563094

MADRID. Edicto de 15 de diciembre de 2023 en procedimiento civil número 827/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 305, de 22 de diciembre de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-563094

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 07 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 827/2021

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 15/12/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: sin plazo para recurrir

DESTINATARIOS

Concursado, administrador concursal, acreedores e interesados.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Concursado: Dadico Estampas Digital 2008, S.L. Se hace saber que en el concurso abreviado nº 827/2021 se ha acordado por auto de fecha 15/12/2023 lo siguiente: 1.- Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de masa activa del artículo 473 del TRLC, de Dadico Estampas Digital 2008, S.L. 2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes. 3.- Dado que el deudor es persona jurídica, acordar el cierre provisional de su hoja de inscripción en los registros públicos que correspondan a cuyo efecto el Letrado de la Administración de Justicia expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. 4.- La cancelación de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del mismo, así como el cese de los administradores concursales y el cierre provisional de de su hoja de inscripción. Transcurrido un año a contar desde que se hubiera ordenado el cierre de la hoja registral sin que se haya producido la reapertura del concurso, el registrador procederá a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica, con cierre definitivo de la hoja (art. 485 TRLC).

Madrid, 15 de diciembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE VELA PEREZ

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