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Documento BOE-J-2023-563073

MADRID. Edicto de 14 de diciembre de 2023 en procedimiento civil número 536/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 305, de 22 de diciembre de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-563073

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 06 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 536/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 14/12/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: .

DESTINATARIOS

Acreedores de Transportes Avícolas Madrid 2016, S.L.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O El Juzgado de lo Mercantil de Madrid A N U N C I A Que en el procedimiento concursal Concurso ordinario 536/2023 referente al concursadoTransportes Avícolas Madrid 2016, S.L., con CIF B87711701, por auto de fecha 14/12/2023 se ha acordado lo siguiente: 1.- La conclusión del presente concurso por la causa 7ª del art. 465.1 L.Co. respecto del deudor Transportes Avícolas Madrid 2016, S.L., con CIF B87711701, ordenando, una vez firme la presente resolución, el ARCHIVO definitivo de las presentes actuaciones. 2.- Se acuerda, con subsistencia temporal y provisional de la personalidad jurídica de la mercantil concursada, a los efectos -en su caso- de su ordenada disolución, liquidación y extinción por las normas de la Ley de Sociedades de Capital, el cierre provisional de la hoja abierta a esa persona jurídica en el registro público en el que figure inscrita. Transcurrido un año a contar desde la firmeza de la presente Resolución ordenado el cierre de la hoja registral sin que se haya producido la reapertura del concurso, el Registro procederá a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica, con cierre definitivo de la hoja registral de la indicada mercantil concursada. De conformidad con lo establecido en el artículo 481.1 del TRLC contra la presente resolución no cabe recurso alguno. En Madrid, a 14 de diciembre de 2023. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid, 14 de diciembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARÍA JESÚS PALMERO SANDÍN

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