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Documento BOE-J-2023-556762

MADRID. Edicto de 15 de diciembre de 2023 en procedimiento civil número 362/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 303, de 20 de diciembre de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-556762

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 362/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 30/11/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: .

DESTINATARIOS

Acreedores de Bentley´S Burger(B86857570)

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO Hace saber: 1.- Que en el Concurso ordinario 362/2023, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2023/0102280,que se ha presentado en fecha 27/06/2023 y fecha de entrada en este juzgado el día 14/09/2023 por auto de fecha 30.11.2023, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento ordinario, a Bentley´S Burger SL, con nº de identificación B86857570, y domicilio en la comunidad de Madrid. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255 y ss del TRLC al administrador concursal, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal 4.- La identidad de la Administración concursal es Dña. Minerva Izquierdo Ropero, con dni: 43144121P con domicilio postal en Calle Velázquez, 34, 7º 28001 de Madrid, y dirección electrónica minervaizquierdo@icaib.org, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 255 y ss TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 15 de diciembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CELSO GONZALEZ VOCES

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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid