Contingut no disponible en català

Us trobeu en

Documento BOE-J-2023-556755

MADRID. Edicto de 13 de diciembre de 2023 en procedimiento civil número 676/2017.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 303, de 20 de diciembre de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-556755

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 01 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 676/2017

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 01/12/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: sin dilacion

DESTINATARIOS

Mobiliario, Diseño, Fabricación y Servicio sl

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO DÑA ADELA MORENO BLANCO LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 01 DE MADRID A N U N C I A Que en el procedimiento concursal número 676/2017 referente a las concursadas MOBILIARIO DISEÑO FABRICACION Y SERVICIO. con CIF B-85806560, por auto de fecha 01/12/2023 : 1.- Acuerdo la apertura de la fase de liquidación de la concursada por MOBILIARIO DISEÑO FABRICACION Y SERVICIO SL con CIFB-85806560, formándose la Sección Quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución. 2.- Acuerdo dejar sin efecto las facultades de administración y de disposición del concursado sobre su patrimonio, si no se hubiera acordado con anterioridad, con todos los efectos establecidos en la LC, operando el régimen de sustitución en tales facultades patrimoniales por la Administración Concursal, con cese de los administradores societarios, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sean parte. 3.- Acuerdo la disolución de la sociedad concursada, cuya liquidación será ejecutada por la Administración Concursal designada, dentro del trámite de liquidación del concurso. 4.- Declaro el vencimiento anticipado de los créditos concursales sometidos a plazo, así como la conversión en dinero de las prestaciones de los créditos que tuvieran diferente objeto. La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org/cove mediante el siguiente código seguro de verificación: 1222331600132965296173 Juzgado de lo Mercantil nº 01 de Madrid - Concurso ordinario 676/2017 2 de 2 5.- Formación de la sección sexta. La sección se encabezará con copia auténtica del auto por el que se haya procedido a su formación y se incorporarán a ella copia auténtica de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación aportada por el deudor, del auto de declaración de concurso y del informe de la administración concursal con los documentos anejos.

Madrid, 13 de diciembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ADELA MORENO BLANCO

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid