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Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Granada
Dirección: Avenida DEL SUR 3
Localidad: Granada
Código Postal: 18014
Provincia: Granada
Teléfono: 958209026
Correo electrónico: jmercantil.2.granada.jus@juntadeandalucia.es
Concursal
Número: 292/2023
NIG: 1808742120230009644
Auto
Fecha: 27/11/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Los acreedores ignorados de la concursado D. Miguel alias Caceres.
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Alicia Pilar Raya Garcia
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2020 anuncia:
1.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el procurador DON JOSE JUAN PERAL GOMEZ, en nombre y representación de DON MIGUEL ALIAS CACERES .
2.- Se declara en concurso, que tiene carácter voluntario al deudorDON MIGUEL ALIAS CACERES , on DNI/NIF_38.798.417 letra fiscal Q, y con domicilio en Calle Antequera, número 16. CP 18195 –Cúllar Vega (Granada) . Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas del Capítulo II del Título VIII de la LC, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 190.
3.- El deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.
4.- Se nombra como administrador concursal, a D.ALVARO ESCOBAR MORA-FIGUERO, Abogado, con domicilio en Gran Via nº 22 C.p. 18010 GRANADA. TELEFONO : 958070843
Comuníquese por el medio más rápido al designado el nombramiento. Dentro de los cinco días siguientes al de recibo de la comunicación, deberá comparecer ante este juzgado para acreditar que tiene suscrito un seguro de responsabilidad civil o garantía equivalente proporcional a la naturaleza y alcance del riesgo cubierto en los términos que se desarrollen reglamentariamente, para responder de los posibles daños en el ejercicio de su función, y manifestar si acepta o no el encargo, alegar causas de recusación si las tuviera, o justa causa para no aceptarlo.
Asimismo, habrá de comunicar sus datos personales, caso de aceptación, en los términos previstos en el art. 38 del Reglamento del Registro Mercantil.
(estará completo en el RPC por tema de cabida)
Granada, 15 de diciembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA PILAR RAYA GARCIA
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