Está Vd. en

Documento BOE-J-2023-549188

GRANADA. Edicto de 12 de diciembre de 2023 en procedimiento civil número 363/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 299, de 15 de diciembre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2023-549188

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Granada

Dirección: Avenida DEL SUR 3

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

Teléfono: 958209026

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 363/2022

NIG: 1808742120220016138

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 30/11/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

KIKKA BOO HISPANIA 3000 S.L - Nº ****5112*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACIÓN

En el referido juicio se ha dictado sentencia el 30/11/2023 poniendo fin al proceso.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada KIKKA BOO HISPANIA 3000 S.L, fue declarada en Diligencia de Ordenación de fecha 18/07/2023 en rebeldia y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), se ha acordado notificarle la citada Sentencia por medio de edictos, y se insertará en el BOE. En dicha resolución en su parte dispositiva establece, "

SE ESTIMA la demanda presentada por D.JESUS LUQUE JIMENEZ , en nombre y representación de IBERARTIC, S.L, frente a KIKKA BOO HISPANIA 3000, S.L condenando a esta última a abonar a la actora la cantidad de dos mil cuatrocientos cuarenta y dos euros con setenta y nueve céntimos (2.442,79€) más los intereses legales así como el pago de las costas causadas en este procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes del proceso.

Contra esta resolución no cabe recurso de apelación, conforme establece el art. 455 LEC.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo Josefa García Martin, Magistrada-Juez sustituta del Juzgado de lo Mercantil n. º 2 de Granada.

Granada, 12 de diciembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA PILAR RAYA GARCIA

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid