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Juzgado de lo Social Nº 2 de Arrecife
Dirección: Calle LOS CAMELLEROS S/N
Localidad: Puerto del Rosario
Código Postal: 35600
Provincia: Las Palmas
Teléfono: 928117650
Correo electrónico: acamcaa@justiciaencanarias.org
Social
Número: 278/2023
NIG: 3501744420230000548
Sentencia
Fecha: 27/11/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
SERVIVENTURA PROYECTOS Y OBRAS S.L. - Nº ****4127*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justiciaencanarias.es/).
F A L L O
Que debo estimar y estimo íntegramente, la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Don Raimundo Rodríguez Martín, contra la Administración Concursal de la empresa Serviventura Proyectos y Obras, S.L., la empresa Serviventura Proyectos y Obras, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre RESOLUCION DE CONTRATO-CANTIDAD; debo declarar y declaro la extinción de la relación laboral, con fecha de la presente resolución, condenando a las demandadas a estar y pasar por tal declaración, así como a la empresa demandada a abonar a la parte actora en concepto de indemnización, la cantidad de 13.713,31 euros, condenando al FOGASA y a la Administración Concursal a estar y pasar por tal declaración; asimismo debo condenar y condeno a la empresa demandada, a que abone a la parte actora la cantidad de 12.818,23 €, por los conceptos de la demanda, más los intereses en los términos del fundamento de derecho sexto y al FOGASA y a la Administración Concursal a estar y pasar por tal declaración.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe recurso de Suplicación, para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, y que deberá anunciarse ante este Juzgado en el plazo de 5 días hábiles siguientes a la notificación de esta sentencia, siendo indispensable que el recurrente que no goce del beneficio de justicia gratuita acredite, al anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de la condena, que podrá sustituirse por el aseguramiento mediante aval bancario. La consignación deberá efectuarse en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banco Santander, en la c.c.c ES55-0049-3569-9200-0500-1274 y al concepto clave 2290-0000-65-0278-2023. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, intente interponer recurso de suplicación, deberá efectuar un depósito de 300 €, que ingresará con independencia a la consignación en su caso, en la indicada cuenta y concepto, debiendo el recurrente hacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaría del Juzgado, al tiempo de interponer el recurso de Suplicación.
Puerto del Rosario, 12 de diciembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PALOMA SANCHO SAMA
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