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Documento BOE-J-2023-544769

ALICANTE/ALACANT. Edicto de 7 de diciembre de 2023 en procedimiento concursal número 1759/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 297, de 13 de diciembre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - ALICANTE/ALACANT
Referencia:
BOE-J-2023-544769

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Alicante

Dirección: Calle PARDO GIMENO 43

Localidad: Alicante/Alacant

Código Postal: 03007

Provincia: Alicante/Alacant

Teléfono: 966902681

Correo electrónico: alpi03_ali@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 1759/2021

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 07/11/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 10 días

DESTINATARIOS

ROCIO ZAMORA MARTINEZ

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

A U T O Nº 1085/2023

JUEZ QUE LO DICTA: Dª MARTA RODRIGUEZ ANDREU Lugar: ALICANTE Fecha: siete de noviembre de dos mil veintitrés

ANTECEDENTES DE HECHO ·PRIMERO.- En fecha 8/09/2023 la administración concursal presentó informe de rendición final de cuentas, solicitando su aprobación. En la misma fecha, dicha administración presentó escrito solicitando la conclusión del concurso por haberse realizado todas las operaciones de liquidación y ser insuficiente el activo remanente para la satisfacción del pasivo. SEGUNDO.- Conferido traslado de la solicitud de conclusión del concurso a los acreedores personados, no se efectuaron alegaciones algunas en el plazo legalmente establecido. La concursada solicitó la exoneración del pasivo insatisfecho dando oportuno traslado al resto de partes personadas y administrador concursal sin que se presentasen alegaciones en contrario. Seguidamente, quedaron los autos pendientes de resolución.

PARTE DISPOSITIVA 1.- DECLARO la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa de Dña. ROCIO ZAMORA MARTÍNEZ. 2.-APRUEBO la rendición de cuentas presentada por la administración concursal D. VICENTE CARBONELL PASTOR. 3.- Se decreta el cese de la administración concursal así como el cese de la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre sus bienes.4.- Se concede a DÑA. ROCIO ZAMORA MARTÍNEZ la exoneración DEFINITIVA del pasivo insatisfecho, quedando a salvo los derechos de los acreedores frente a los obligados solidariamente con los concursados y frente a sus fiadores o avalistas, quienes no podrán invocar el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho obtenido por los concursados ni subrogarse por el pago posterior a la liquidación en los derechos que el acreedor tuviese contra aquellos, salvo que se revocase la exoneración concedida.La exoneración alcanzara la totalidad del pasivo concursal no satisfecho por el concursado, de conformidad con la lista presentada por el administrador concursal, que se incorpora en la solicitud de conclusión del concurso. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme, sin que pueda interponerse ningún recurso.

Alicante/Alacant, 7 de diciembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOAQUIN CARA DEL ROSAL

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