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Documento BOE-J-2023-542157

MADRID. Edicto de 4 de diciembre de 2023 en procedimiento civil número 257/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 296, de 12 de diciembre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-542157

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 19 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 257/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 30/11/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: sin dilación

DESTINATARIOS

PEDRAZ MARCOS, MARÍA ROSA - NIF/NIE: ***4496**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E d i c t o Dª. Yolanda Peña Jiménez, Letrada de la Admón. Justicia del Juzgado Mercantil número 19 de Madrid, Hace saber: 1.- Que en el concurso número de autos 257/2023, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2023/0225897, por auto de 30/11/2023, se ha declarado en concurso voluntario, a Dª. María Rosa Pedraz Marcos, con NIF 50044965R, y domiciliada en C/ María Moliner Nº 69, Leganés 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es Dª. Paula Carazo Alcántara, con domicilio postal en Pº de Pintor Rosales nº 28, 7º D, 28008 Madrid, y dirección electrónica acreedores@insesa.webconcurso.es ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 255 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es.

Madrid, 4 de diciembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, YOLANDA PEÑA JIMÉNEZ

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