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Documento BOE-J-2023-542150

GIRONA. Edicto de 5 de diciembre de 2023 en procedimiento concursal número 381/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 296, de 12 de diciembre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GIRONA
Referencia:
BOE-J-2023-542150

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Girona

Dirección: Plaza Josep Maria Lidón Corbí 1

Localidad: Girona

Código Postal: 17001

Provincia: Girona

Teléfono: 872660663

Correo electrónico: mercantil2.girona@xij.gencat.cat

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 381/2023

NIG: 1707947120238010253

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 23/11/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Auto concluye concurso Sol Ybiola Castro Jiemenez y concede exoneración pasivo insatisfecho.Cabe recurso reposición plazo 5días desde publicación edic

DESTINATARIOS

SOL YBIOLA CASTRO RAMIREZ - NIF/NIE: ***0166**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

En el Concurso sin masa 381/2023 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de Sol Ybiola Castro Ramirez, con NIF 41701660S, con domicilio en Calle XUQUER 25, BAIXOS, 17300 - Blanes. Se acuerda el archivo de las actuaciones por AUTO DE CONCLUSIÓN CON EXONERACIÓN DEFINITIVA DEL PASIVO INSATISFECHO Nº 372/2023 , DE FECHA 23 de Noviembre de 2023. En la misma resolución, se requiere a los acreedores afectados para que comuniquen la exoneración a los sistemas de información crediticia a los que previamente hubieran informado del impago o mora de deuda exonerada para la debida actualización de sus registros. El procurador de la concursada se encargará de remitir a cada acreedor el presente auto. El Juzgado no remitirá ningún oficio o mandamiento. Así como, si dentro del plazo de cinco años aparecen nuevos bienes o derechos de la parte concursada, se estará a lo dispuesto en el art. 503 y ss. TRLC Dicha resolución no es firme cabe interponer recurso de REPOSICIÓN ante este Órgano judicial, mediante un escrito que se debe presentar en el plazo de CINCO días, contados desde el siguiente al de la notificación, en el que se debe expresar la infracción en que haya incurrido la resolución.

Girona, 5 de diciembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARTA ORTEGA BALANZA

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