Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Santa Maria la Real de Nieva
Dirección: Calle PEÑUELAS s/n
Localidad: Santa María la Real de Nieva
Código Postal: 40440
Provincia: Segovia
Teléfono: 921594008
Correo electrónico: victor.illan@justicia.es
Civil
Número: 11/2023
Auto
Fecha: 13/02/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 10 días
EL CAMP ARL DISTRIBUCIONES SL - Nº ****6660*
ANDRES RONALDO LAPOU JEREZ - NIF/NIE: ***6668**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:1.- Ordenar que se ejecute el título hipotecario descrito anteriormente.2.- Despachar ejecución a favor de la parte ejecutante CAIXABANK S.A., frente a EL CAMP ARL DISTRIBUCIONES S.L.,parte ejecutada, por importe de 62198.18 euros en concepto de principal e intereses ordinarios y moratorios vencidos, más otros 18659.45 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.3.- Requerir al ejecutado de pago a fin que efectúe el pago delas cantidades reclamadas/fijadas en concepto de principal 62198.18 euros más más otros 18659.45 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación. En dicho requerimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 686.2 dela LEC, habrán de incluirse las indicaciones contenidas en elartículo 441.5 de dicha ley, produciendo iguales efectos.El presente auto, junto con el decreto que dictará el/laLetrado de la Administración de Justicia, y copia de lademanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a laparte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de laL.E.C., sin citación ni emplazamiento, para que en cualquier momento pueda personarse en la ejecución.Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de quela parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución enlos términos previstos en el artículo 695 de la L.E.C. y en elplazo de DIEZ DÍAS a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.Así lo acuerda el Magistrado-Juez.
Doy fe.
EL/LA MAGISTRADO-JUEZ EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Santa María la Real de Nieva, 28 de noviembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, INMACULADA BLAZQUEZ MENDOZA
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