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Documento BOE-J-2023-528573

MADRID. Edicto de 24 de noviembre de 2023 en procedimiento civil número 890/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 288, de 2 de diciembre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-528573

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 09 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 890/2021

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 22/11/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Sin dilación

DESTINATARIOS

HEALTH, BEAUTY &WELLNESS, S.L. - Nº ****6216*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

En este Juzgado se siguen autos de Procedimiento Ordinario entre ENTIDAD (AGEDI), (AIE) y (SGAE) y HEALTH, BEAUTY &WELLNESS, S.L., en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución: FALLO. Estimo totalmente la demanda interpuesta por la SGAE, AGEDI, AIE contra HEALTH BEAUTY & WELLNESS S.L , condenado a la parte demandada a satisfacer, por un lado a la SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES Y EDITORES(SGAE), en concepto de indemnización, conforme a lo establecido en el art. 140 del TRLPI, por la comunicación pública de obras llevada a cabo sin autorización en el establecimiento denominado "STARFIT” y por el periodo comprendido entre el mes de julio de 2020 hasta el mes de septiembre de 2021, ambos inclusive, la suma de SEIS MIL NOVENTA Y NUEVE EUROS CON OCHENTA Y DOS CÉNTIMOS DE EURO(6.099,82 €.-, IVA incluido); y conjuntamente a las entidades ASOCIACION DE GESTION DE DERECHOS INTELECTUALES(AGEDI) y a la ASOCIACION ARTISTAS, INTERPRETES O EJECUTANTES SOCIEDAD DE GESTION DE ESPAÑA(AIE), en concepto de remuneración equitativa y única por la comunicación pública de fonogramas llevado a cabo en el establecimiento del demandado para la amenización del mismo, durante el mismo período de tiempo, de acuerdo con las tarifas generales de dichas entidades, la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO EUROS CON CINCUENTA Y SIETE CÉNTIMOS DE EURO(3.594,57 €.-IVA INCLUIDO), a que se contrae la presente reclamación; condenándola al pago de las expresadas sumas, así como al pago de los intereses legales que se deriven de las mismas desde la interposición de la demanda, así como a las costas de este procedimiento. Esta sentencia no es firme. Contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 20 días. Y para que sirva de notificación de sentencia a HEALTH, BEAUTY & WELLNESS, S.L expido y firmo la presente en Madrid, a 23/11/23. EL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Madrid, 24 de noviembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ESTHER LÓPEZ RUANO

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