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Documento BOE-J-2023-526283

MADRID. Edicto de 28 de noviembre de 2023 en procedimiento en materia social número 103/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 287, de 1 de diciembre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-526283

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Social Nº 19 de Madrid

Dirección: Calle PRINCESA 3

Localidad: Madrid

Código Postal: 28008

Provincia: Madrid

Teléfono: 914438533

Correo electrónico: social19mad@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Social

Número: 103/2023

NIG: 2807900420230005705

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 24/11/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 14/11/2023

Objeto de la publicación edictal:

Citación. Plazo: 18/12/2023

DESTINATARIOS

DISTRAGUA 2000 SL - Nº B82404294

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.madrid.org/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 103/2023

AUTO.- MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante esteJuzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que ademásde alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirseoposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no seatrabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Eurosen la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2517000064010323.

DILIGENCIA ORDENACIÓN.- MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante esteJuzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponersepor escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación,con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no seadmitirá el recurso (art 186.1 L.R.J.S).

Madrid, 28 de noviembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANA CORRECHEL CALVO

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