Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de Madrid
Dirección: Calle GRAN VÍA 52
Localidad: Madrid
Código Postal: 28013
Provincia: Madrid
Teléfono: 914930562
Correo electrónico: mercantil4@madrid.org
Civil
Número: 1523/2019
NIG: 2807900220190141243
Decreto
Fecha: 19/02/2020
Objeto de la publicación edictal:
Emplazamiento. Plazo: diez dias
HERMANOTEX SL - Nº ****8443*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.madrid.org/).
DECRETOLETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA SR/A D./Dña. MARÍA JESÚSRODRÍGUEZ FERNÁNDEZLugar: MadridFecha: diecinueve de febrero de dos mil veinteANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- Por CORREOS EXPRESS PAQUETERIA URGENTE S.A. se hapresentado demanda de juicio verbal, frente a HERMANOTEX, S.L. sobre Contratos engeneral.SEGUNDO.- Expresa el actor que la cuantía de la demanda es 835,11 EUROS.
FUNDAMENTOS DE DERECHOPRIMERO.- Examinada la anterior demanda, se estima, a la vista de los datos ydocumentos aportados que la parte demandante reúne los requisitos de capacidad,representación necesarios para comparecer en juicio, conforme a lo determinado en losartículos 6, 7, 23 y 31 de la LEC.SEGUNDO.- Así mismo, vistas las pretensiones formuladas en la demanda, esteórgano judicial tiene jurisdicción y competencia objetiva para conocer de las mismas, segúnlos artículos 36 y 45 de la misma ley procesal.Igualmente, este Juzgado resulta competente por aplicación de las normas de laSección II, capítulo II, del título II de la LEC.Respecto a la clase de juicio, la parte actora cumpliendo lo ordenado en el artículo253 de la LEC, ha señalado la cuantía de la demanda en 835,11 EUROS, por lo que, deconformidad con lo dispuesto en el artículo 250.2 de la LEC, procede sustanciar el procesopor los trámites del juicio verbal.TERCERO.- Por lo expuesto, procede admitir a trámite la demanda y, comoordena el artículo 438.1 de la ya citada LEC, dar traslado de la misma a la/s parte/sdemandada/s a quien se emplazará, con los apercibimientos y advertencias legales, para quela conteste por escrito y se pronuncie sobre la pertinencia de celebrar vista en el plazo deDIEZ DIAS.PARTE DISPOSITIVAACUERDO:SE ADMITE A TRÁMITE LA DEMANDA presentada por CORREOS EXPRESSPAQUETERIA URGENTE S.A., frente a HERMANOTEX, S.L., sobre Contratos engeneral que se sustanciará por las reglas del juicio verbal.Dese traslado de la demanda a la parte demandada, a quien se entregará copia de la mismay de los documentos acompañados, emplazándola para que la conteste y se pronuncie sobrela pertinencia de celebrar vista en el plazo de DIEZ DÍAS hábiles, computado desde elsiguiente al emplazamiento.En el emplazamiento se advertirá a la parte demandada de lo siguiente:- Que si no comparece dentro del plazo indicado, será declarada en situación de rebeldíaprocesal y no se le notificarán más resoluciones que la que declare la rebeldía y la queponga fin al proceso (artículos 496.1 y 497.1 LEC).")- Que la contestación a la demanda deberá verificarse por medio de procurador legalmentehabilitado para actuar en este tribunal y con asistencia de abogado (artículo 23 y 31 de la LECn) salvo que se trate de demandas de reclamación de cantidad inferior a 2000 euros,pudiendo entonces comparecer por sí mismo sin asistencia ni de abogado ni de procurador.En este caso, existen impresos normalizados a su disposición en el Juzgado que podráemplear para la contestación a la demanda (art. 438.1 párr. 2º).- Que si carece de recursos económicos, puede solicitar el reconocimiento del derecho a laasistencia jurídica gratuita en el plazo de TRES DÍAS.- Que la parte actora comparecerá asistida de Abogado y que si ella/s se propone/ncomparecer con los mismos profesionales deberá comunicarlo a esta oficina judicial en elplazo de TRES DÍAS desde que se le notifique la demanda.Adviértase a ambas partes que deben comunicar a esta Oficina judicial cualquier cambio dedomicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafoprimero de la LEC).Contra la resolución que se notifica cabe recurso de reposición ante el Letrado/a dela Admón. de Justicia, mediante escrito presentado en el plazo de cinco días, contadosdesde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio delrecurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículos 451 y 452 de laLEC).La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de laresolución recurrida (artículo 451.3 de la LEC).Lo acuerdo y firmo. Doy fe.El/La Letrado/a de la Admón. de JusticiaEn virtud de lo acordado en los autos de referencia, por estar en ignorado paraderola parte HERMANOTEX, S.L. (CIF B87784435), por resolución de 23/11/2023, deconformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la LEC así como en el artículo35 de la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la informacióny la comunicación en la Administración de Justicia, se ha acordado la publicación delpresente edicto en comunicación edictal electrónica para llevar a efecto la diligencia deemplazamiento bajo apercibimiento de que, en caso de no comparecer, será declarada ensituación de rebeldía procesal y no se le notificarán más resoluciones que la que declare larebeldía y la que ponga fin al proceso (artículos 496.1 y 497.1 LEC).Puede accederse a la información de dicha publicación a través de la web delTablón Edictal Único del Boletín Oficial del Estado.En Madrid, a 23 de noviembre de 2023.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIADILIGENCIA DE CONSTANCIA.- En Madrid, a veintitrés de noviembre de dos milveintitrés.La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia, para hacer constar que elpresente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios.
Madrid, 24 de noviembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JESUS RODRIGUEZ FERNANDEZ
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