Está Vd. en

Documento BOE-J-2023-522328

GIRONA. Edicto de 27 de noviembre de 2023 en procedimiento concursal número 261/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 286, de 30 de noviembre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GIRONA
Referencia:
BOE-J-2023-522328

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Girona

Dirección: Plaza Josep Maria Lidón Corbí 1

Localidad: Girona

Código Postal: 17001

Provincia: Girona

Teléfono: 872660663

Correo electrónico: mercantil2.girona@xij.gencat.cat

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 261/2023

NIG: 1707947120238008008

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 20/11/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Notificación auto declara concluso concurso Mohamed Amjahad Bouallala. Cabe recurso reposición en el plazo de 5 días desde publicación edicto

DESTINATARIOS

MOHAMED AMJAHAD BOUALLALA - NIF/NIE: ***1656**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Alicia De La Torre Duñaiturria , la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Girona hago saber que: En el Concurso sin masa 261/2023 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de MOHAMED AMJAHAD BOUALLALA, con NIF 42316563J, con domicilio en Calle ANGEL GUIMERA 120, 5º1º, 17190 – Salt. Se acuerda el archivo de las actuaciones por AUTO DE CONCLUSIÓN CON EXONERACIÓN DEFINITIVA DEL PASIVO INSATISFECHO Nº 346/2023 , DE FECHA 20 de Noviembre de 2023. En la misma resolución, se requiere a los acreedores afectados para que comuniquen la exoneración a los sistemas de información crediticia a los que previamente hubieran informado del impago o mora de deuda exonerada para la debida actualización de sus registros. El procurador de la concursada se encargará de remitir a cada acreedor el presente auto. El Juzgado no remitirá ningún oficio o mandamiento. Así como, si dentro del plazo de cinco años aparecen nuevos bienes o derechos de la parte concursada, se estará a lo dispuesto en el art. 503 y ss. TRLC Dicha resolución no es firme cabe interponer recurso de REPOSICIÓN ante este Órgano judicial, mediante un escrito que se debe presentar en el plazo de CINCO días, contados desde el siguiente al de la notificación, en el que se debe expresar la infracción en que haya incurrido la resolución.

Girona, 27 de noviembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA DE LA TORRE DUÑAITURRIA

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid