Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Motril
Dirección: Calle FIELATO DE LA POSTA S/N
Localidad: Motril
Código Postal: 18600
Provincia: Granada
Teléfono: 958989065
Correo electrónico: jmixto.3.motril.jus@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 1052/2022
NIG: 1814042120220000023
Auto
Fecha: 02/02/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 10 dias
MARINEVA LA MURTEÑA SL - Nº ****5172*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
AUTO
D./Dña. CRISTINA LUIS VILCHEZ
En MOTRIL, a dos de febrero de dos mil veintitrés
ANTECEDENTES DE HECHO
ÚNICO.-Por el/la Procurador/a Sr./Sra. ELENA ROBLES GARCIA, en nombre y representación de INVEST CAPITAL, LTD, se ha presentado DEMANDA EJECUTIVA solicitando el despacho de ejecución contra MARYNEVA LA MURTEÑA,S.L. con fundamento en el siguiente TÍTULO EJECUTIVO:
CLASE Y FECHA DE LA RESOLUCION:SENTENCIA DE FECHA 17/08/22.
JUICIO EN EL QUE HA SIDO DICTADA:JUICIO VERBAL 35/22.
EJECUTANTE: INVEST CAPITAL, LTD.
EJECUTADO: MARYNEVA LA MURTEÑA,S.L..
PRINCIPAL OBJETO DE RECLAMACIÓN: 5.849,34 euros.
PRESUPUESTO PARA INTERESES Y COSTAS: 1.754,80 euros.
PARTE DISPOSITIVA
En atención a lo expuesto, se ACUERDA:
Se da la ORDEN GENERAL y SE DESPACHA EJECUCIÓN DINERARIA a instancia de INVEST CAPITAL, LTD, representada por el/la Procurador/a, ELENA ROBLES GARCIA, en adelante parte ejecutante, contra MARYNEVA LA MURTEÑA,S.L., en adelante parte ejecutada, por las cantidades de 5849,34 euros de PRINCIPAL, más las demoras que se devenguen durante la ejecución calculadas al interés legal del dinero incrementado en dos puntos, para cuyo pago y el de las costas se presupuestan 1754,80 euros sin perjuicio de su ulterior liquidación.
Queden los autos sobre la mesa del/la Letrado/a de la Administración de Justicia a los efectos de dictar el correspondiente decreto de medidas ejecutivas del art. 551.3 LEC.
Conforme al art. 553 LEC, notifíquese la presente resolución simultáneamente con el decreto de medidas ejecutivas a las partes y al/los ejecutado/s, o al/los Procurador/es que lo represente/n, con entrega de copias de la demanda ejecutiva y documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que en cualquier momento puedan personarse en la ejecución.
Esta resolución es firme y contra ella no cabe recurso alguno conforme a lo dispuesto en el art.551.4 LEC, sin perjuicio de que el/los ejecutado/s puedan oponerse a la ejecución despachada dentro del plazo de DIEZ DÍAS siguientes a la notificación de este auto.
Así lo acuerda y firma el/la Magistrado/a-Juez arriba referido/a, de lo que yo el/la Letrado/a de la Administración de Justicia, MARÍA JESÚS PASCUAL GONZÁLEZ , DOY FE.
EL/LA MAGISTRADO/A-JUEZ EL/LA LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
PARTE DISPOSITIVA
SE tiene por ampliada la EJECUCION en su día despachada frente a MARYNEVA LA MURTEÑA,S.L. en reclamación de 871,65 euros y de 261,50 euros calculado para intereses, gastos y costas.
En consecuencia la cantidad reclamada en la presente ejecución en concepto de principal asciende a la suma total de 6.720,99 euros mas la de 2.016,29 euros para intereses, gastos y costas.
Notifíquese al demandado, haciéndole saber que esta resolución es firme, y contra la misma no cabe recurso alguno (art. 555.1 LEC) sin perjuicio de que el deudor/res puedan oponerse a la ampliación despachada dentro de los DIEZ días siguientes a la notificación de este auto.
Lo acuerda y firma el/la MAGISTRADA-JUEZ, doy fe.
EL/LA MAGISTRADA-JUEZ EL/LA LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Motril, 23 de noviembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, YOLANDA PAVON CALLEJON
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