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Documento BOE-J-2023-514064

MADRID. Edicto de 31 de octubre de 2023 en procedimiento civil número 412/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 283, de 27 de noviembre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-514064

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 412/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 27/10/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: sin dilación

DESTINATARIOS

MARLUNETTES SOLUTIONS, S.L. - Nº ****6559*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E d i c t o Adela Moreno Blanco, Letrado Administración Justicia, Juzgado Mercantil número 10 de Madrid, En este Juzgado en el concurso número 412/2023 se ha dictado auto de fecha de 27 de octubre de 2023 por el que se ha declarado en concurso de acreedores a la entidad Marlunettes Solutions, S.L., con CIF B88265590: 1.- Llámese a los acreedores de la persona concursada para que, en el plazo de UN MES, desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOE, comuniquen sus créditos, debidamente documentados, expresando su cuantía, y en su caso, clasificación pretendida, por escrito dirigido a la atención de la Administración Concursal. 2.- La Administración Concursal nombrada es el Letrado Alberto Fraguas Gutiérrez, con domicilio profesional en la Calle María de Molina, número 12, 2º, derecha, 28006, Madrid, teléfono 912516275, correo electrónico marlunettesolutions@summaiuris.com. 3.- La comunicación de cualquier crédito se realizará por los acreedores directamente a la Administración concursal, en su despacho profesional, por cualquier medio que permita tener constancia de la fecha de su recepción (correo certificado, fax, correo electrónico, presentación personal o similar). 4.- La solicitud de declaración de concurso se ha efectuado al amparo del art. 224 bis TRLC (“Solicitud de concurso con presentación de oferta de adquisición de una o varias unidades productivas”), acompañando una propuesta escrita vinculante de un tercero para la adquisición de una unidad productiva, por lo que ha de procederse conforme indica dicho precepto.

Madrid, 31 de octubre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ADELA MORENO BLANCO

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