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Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Alicante
Dirección: Calle PARDO GIMENO 43
Localidad: Alicante/Alacant
Código Postal: 03007
Provincia: Alicante/Alacant
Teléfono: 966902681
Correo electrónico: alpi03_ali@gva.es
Civil
Número: 949/2010
Decreto
Fecha: 21/11/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 5 días
PROMOCIONES INMOBILIARIAS EMETERIO PASCUAL E HIJOS
EMETERIO PASCUAL BELDA
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
D E C R E T O
Sr. Letrado de la Admón. de Justicia: JOAQUÍN CARA DEL ROSAL
En ALICANTE, a veintiuno de noviembre de dos mil veintitrés.
ANTECEDENTES DE HECHO
Único.- Por la representación procesal de la parte ejecutante, se ha interesado la mejora de embargo sobre bienes propiedad del ejecutado PROMOCIONES INMOBILIARIAS EMETERIO PASCUAL E HIJOS y EMETERIO PASCUAL BELDA, alegando la insuficiencia de los bienes embargados con anterioridad.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El artículo 612.1 de la L.E.C. establece que cuando un cambio de las circunstancias permita dudar de la suficiencia de bienes embargados en relación con la exacción de la responsabilidad del ejecutado, el ejecutante podrá solicitar la mejora de embargo.
Segundo.- En el presente caso, una vez examinadas las actuaciones, se aprecia la insuficiencia alegada por el ejecutante, por lo que es procedente decretar la ampliación de los embargos sobre los bienes de la parte ejecutada.
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
1.- Declarar embargados, por vía de mejora de embargo el/los siguiente/s bien/es, hasta el límite de cubrir las cantidades de principal más otros presupuestados para costas:
los saldos a favor del ejecutado en las cuentas de las entidades que hayan suscrito el convenio con el CGPJ y las devoluciones por IRPF o cualquier otro concepto a las que tenga derecho la parte ejecutada de la Agencia Tributaria.
2.- Librar los correspondientes oficios y/o mandamientos para su efectividad.
3.- Librar los despachos pertinentes al Punto Neutro Judicial a fin de que remitan a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes, con su resultado se dará traslado a la parte actora a fin de que inste lo que a su derecho convenga.
Alicante/Alacant, 21 de noviembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOAQUIN CARA DEL ROSAL
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