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Documento BOE-J-2023-509762

ESTEPA. Edicto de 21 de noviembre de 2023 en procedimiento concursal número 40/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 281, de 24 de noviembre de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2023-509762

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Estepa

Dirección: Calle CASTILLEJOS 32

Localidad: Estepa

Código Postal: 41560

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955547063

Correo electrónico: AtPublico.JMixto.2.Estepa.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 40/2021

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 06/11/2023

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento. Plazo: 15

DESTINATARIOS

Concurso de María Pavel y José Haro Hidalgo

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

DILIGENCIA DE ORDENACION DEL LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR/A.D/Dª MARÍA ÁNGELES ANGULO SERRATO

En ESTEPA, a seis de noviembre de dos mil veintitrés.

Presentado Propuesta de Plan de Liquidación y documentación al mismo acompañada por la administración concursal, de conformidad con lo previsto en el artículo 416.3 TRLC, acuerdo:

1.- Tener por cumplimentado trámite para conocimiento de los interesados el plan de liquidación de los bienes y derechos del deudor presentado por la administración concursa, conforme a lo manifestado en su esrito de fecha 10/10/2023.

2.- Anunciar lo anterior por medio de edictos que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y en la web http://www.publicidadregistral.es/.

3.- Dentro de los QUINCE DÍAS siguientes a la puesta de manifiesto del plan, el deudor y los acreedores concursales podrán formular observaciones o propuestas de modificación del mismo.

4.- Asimismo, en dicho periodo, conforme a los artículos 717.2 y 718 TRLC, el concursado y los acreedores, podrán formular también observaciones sobre la concurrencia de los requisitos exigidos para acordar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho del concursado persona natural y los acreedores también podrán solicitar, mediante escrito razonado, la apertura de la sección de calificación.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde el día siguiente al de su notificación, ante el Letrado de la Administración de Justicia que la dicta. Debiendo expresar en el mismo la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (arts. 451 y 452 LEC).

Estepa, 21 de noviembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DE LOS ANGELES ANGULO SERRATO

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