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Documento BOE-J-2023-506669

MADRID. Edicto de 15 de noviembre de 2023 en procedimiento civil número 252/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 280, de 23 de noviembre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-506669

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 17 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 252/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 03/11/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: diez dias

DESTINATARIOS

JURGEN MAUS ALONSO, CHRISTIAN - Nº ***8179**

THE MAIN REAZON SL - Nº ****4440*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO En este Juzgado se siguen autos de Procedimiento Ordinario entre ENCOFRADOS HORIZONTALES Y VERTICALES SL y THE MAIN REAZON SL y D. CHRISTIAN JURGEN MAUS ALONSO en reclamación de 18.405,48 euros, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución: El anterior escrito del Procurador D. IGNACIO MELCHOR ORUÑA, en nombre y representación de ENCOFRADOS HORIZONTALES Y VERTICALES SL, interponiendo el recurso de apelación contra la sentencia dictada en este proceso, de 21/09/2023, únase a los autos de su razón. Estando presentado el escrito dentro del plazo señalado, se tiene por interpuesto por dicha parte recurso de apelación contra la resolución mencionada (artículo 458.3 de la LEC). Dese traslado del escrito de interposición del recurso de apelación a las demás partes personadas, emplazándolas por DIEZ DÍAS para que presenten en este tribunal escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resulte desfavorable (artículo 461.1 de la LEC). Estos escritos se formularán con arreglo a lo establecido para el escrito de interposición (artículo 461.2 de la LEC). Podrán acompañarse los documentos y solicitarse las pruebas que la parte/es apeladas consideren necesarios, así como formularse las alegaciones que se estimen oportunas sobre la admisibilidad de los documentos aportados y de las pruebas propuestas por el apelante (artículo 461.3 de la LEC). Contra esta resolución no cabe recurso alguno, pero la parte recurrida puede alegar la inadmisibilidad de la apelación en el trámite de oposición al recurso (artículo 458.3 último párrafo de la LEC). Lo dispongo y firmo. Doy fe. Y para que sirva de notificación a THE MAIN REAZON SL y D. CHRISTIAN JURGEN MAUS ALONSO expido y firmo la presente en Madrid, a tres de noviembre de dos mil veintitrés LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Madrid, 15 de noviembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARÍA JESÚS PALMERO SANDÍN

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