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Documento BOE-J-2023-506656

PALMA. Edicto de 20 de noviembre de 2023 en procedimiento civil número 34/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 280, de 23 de noviembre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ILLES BALEARS
Referencia:
BOE-J-2023-506656

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Palma

Dirección: Calle BALLESTER 20

Localidad: Palma

Código Postal: 07002

Provincia: Illes Balears

Teléfono: 971219390

Correo electrónico: mercantil3.palmademallorca@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 34/2023

NIG: 0704047120230000265

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 22/03/2023

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento. Plazo: 20 días

DESTINATARIOS

CRISTIAN OCHOGAVIA LEGENDRE - NIF/NIE: ***1059**

EXPLOTACIONS TURISTICAS BY EUROTELS, S.L. - NIF/NIE: ****6302*

BIZKAIA HOTELAK SL - NIF/NIE: ****6815*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

En este órgano judicial se tramita PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000034 /2023 seguido a instancias de la entidad mercantil HOTELBEDS PRODUTS SLU contra D. CRISTIAN OCHOGAVIA LEGENDRE y las entidades mercantiles EXPLOTACIONS TURISTICAS BY EUROTELS, S.L., BIZKAIA HOTELAK SL en los que se ha dictado la resolución del tenor literal:

“CÉDULA DE EMPLAZAMIENTO

ÓRGANO JUDICIAL QUE ORDENA EMPLAZAR

JDO. DE LO MERCANTIL N. 3 de PALMA DE MALLORCA.

ASUNTO EN QUE SE ACUERDA

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000034 /2023.

PERSONA A LA QUE SE EMPLAZA

D. CRISTIAN OCHOGAVIA LEGENDRE

Domicilio: Calle Rafel, nº 5, 1º, 5 – 07400 - ALCUDIA

EXPLOTACIONS TURISTICAS BY EUROTELS, SL

Domicilio: Calle Teodor Canet, nº2 – 07400 – PUERTO DE ALCUDIA

BIZKAIA HOTELAK, S.L.

Domicilio: Avenida de la Avanzada, nº 2-4, Sondika – 48150 - BIZKAIA

Todos ellos en concepto de parte demanda.

OBJETO DEL EMPLAZAMIENTO

Comparecer en el juicio indicado para contestar a la demanda.

ÓRGANO JUDICIAL ANTE EL QUE DEBE COMPARECER

En la sede de este órgano judicial.

PLAZO PARA COMPARECER

VEINTE DÍAS HÁBILES a contar desde el siguiente al de este emplazamiento.

PREVENCIONES LEGALES

1. Si no comparece dentro del plazo indicado, se le declarará en situación de rebeldía procesal, y notificada su rebeldía, no se le volverá a notificar resolución alguna excepto la que ponga fin al procedimiento (artículos 496 y 497 de la L.E.C.).

2. La comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador, con la asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la LEC) y si carece de recursos económicos puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita. Si pretende solicitar la designación de abogado, procurador o ambos profesionales, deberá realizarlo dentro de los tres días siguientes al emplazamiento.

3. Deberá comunicar a este órgano judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación del proceso (artículo 155.5 de la L.E.C.).

4. Se le informa que tienen la posibilidad de recurrir a una negociación para intentar solucionar el conflicto, incluido el recurso a una MEDIACIÓN, como un proceso alternativo al juicio, voluntario, flexible, más rápido y confidencial, que permite la gestión positiva de los conflictos aun cuando ya esté abierto un proceso judicial. A través de la mediación, las partes en conflicto aceptan voluntariamente la intervención de un tercero imparcial y neutral, el mediador, sin capacidad para tomar decisiones por ellos, cuya función es la de facilitar y restablecer la comunicación entre las partes y ayudarlas a solucionar todos los temas que puedan tener pendientes, incluso aquellas cuestiones que no sean jurídicas y no puedan tratarse en el proceso judicial, explorando todas las alternativas posibles, de tal forma que puedan encontrar por sí mismas las mejores vías de solución. En este caso,deberán indicar en la vista su decisión al respecto y las razones de la misma, de conformidad con lo previsto en el segundo párrafo del artículo 440 de la LEC, tras la modificación introducida por la Disposición final tercera de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, publicada en el BOE de 7 de julio de 2012. Para conocer los órganos judiciales que ofrecen mediación se puede consultar la página www.poderjudicial.es

En PALMA DE MALLORCA, a veintidós de marzo de dos mil veintitrés.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA”

Y como consecuencia del ignorado paradero de las entidades mercantiles EXPLOTACIONS TURISTICAS BY EUROTELS, S.L., BIZKAIA HOTELAK SL y de D. CRISTIAN OCHOGAVIA LEGENDRE, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación y emplazamiento.

Palma, 20 de noviembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, SONIA MONTES RUIZ

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