Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Toledo
Dirección: Calle MARQUES DE MENDIGORRIA 2
Localidad: Toledo
Código Postal: 45071
Provincia: Toledo
Concursal
Número: 351/2022
NIG: 4516847120220000381
Auto
Fecha: 14/11/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Concurso Fredy Omar Gelves, Leidy Juliana Hernández Gallego
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
E D I C T OD.. ALFONSO JOSE MORENO MORENO Letrado de la Administración deJusticia del Juzgado de lo Mercantil de ToledoA N U N C I AEn este órgano judicial se tramita SECCION I DECLARACIONCONCURSO 000351 /2022, referente de los deudores FREDY OMARGELVES GOMEZ, LEIDY JULIANA HERNANDEZ GALLEGO se ha dictadoAuto de conclusión de fecha 14/11/2023, en el cual se haacordado lo siguiente:1. Declaro la CONCLUSIÓN del procedimiento concursal de DON FREDY OMARGELVES Y DOÑA LEIDY JULIANA HERNÁNDEZ GALLEGO archivo de lasactuaciones, cesando los efectos de la declaración del concurso.2. Reconozco a DON FREDY OMAR GELVES Y DOÑA LEIDY JULIANAHERNÁNDEZ GALLEGO , su derecho a la exoneración del pasivo insatisfecho.La exoneración será DEFINITIVA y alcanza al pasivo concursal no satisfecho por elconcursado. El pasivo no satisfecho a que alcanza la exoneración son los créditosno satisfechos de la lista de acreedores que consta en autos, que se relacionan acontinuación, así como el crédito nacido con anterioridad a la declaración deconcurso que, por cualquier razón, no apareciera en la relación facilitada por eldeudor y recogida en este auto, salvo aquellos créditos que, por expresa inclusión enlos supuestos de no exoneración del artículo 489 del TRLC, no pudieran serexonerados.El pasivo no satisfecho a que alcanza la exoneración corresponde al siguientedesglose:FREDY OMAR GELVES GÓMEZ Y LEIDY JULIANA HERNÁNDEZ GALLEGO DOCUMENTO Nº412RELACION DE ACREEDORESACREEDOR DOMICILIO EMAIL IMPORTE VENCIMIENTO GARANTIAS AMORTIZACIONESPREVISTASBanco Bilbao Vizcaya Argentaria,S.A.Plaza San Nicolás nº4, 48005(Bilbao)servicioatencioncliente@grupobbva.com;comunica@bbva.com; notificacionesbbva@bbva.com;bbvajudicial@lexer.es;concursos.bbva@escoexpansion.com14.430,00 €VENCIDO NO 0Banco Santander, S.A. (Populargrupo Santander, remanente daciónen pago)Paseo de la Pereda nº9-12,39004 (Santander)superlinea@bancosantander.es;atenclie@gruposantander.com298.613,44 €VENCIDO NO 0CaixaBank, S.A.Pintor Sorolla nº2-4, 46002(Valencia)servicio.cliente@caixabank.com;ccanals@caixabankpc.com;atencionmorosidad@caixabankops.com;acuerdosextrajudiciales@caixabankops.com;procedimientos.concursales@gdscusa.es;procedimientos.concursales@caixabankops.com15.330,00 €VENCIDO NO 0Financiera El Corte Ingles, E.F.C.,S.A.Calle Hermosillanº112, 28009 (Madrid)gestion_concursal@elcorteingles.es;webfinanciera@elcorteingles.es1.776,09 €VENCIDO NO 0CaixaBank Payments & Consumer,E.F.C., E.P., S.A.Calle Caleruega nº102, 28033(Madrid)ccanals@caixabankpc.com;atencionmorosidad@caixabankops.com;acuerdosextrajudiciales@caixabankops.com;procedimientos.concursales@gdscusa.es3.655,00 €VENCIDO NO 0Santander Consumer Finance, S.A.Avda. de Cantabria, s/n,Edificio 4 Norte-Dehesa,28660 Boadilla del Monte,Madridscpostventaclientes@santanderconsumer.com;consultassc@gruposantander.com15.465,00 €VENCIDO NO 0TOTAL 349.269,53 €El pasivo no satisfecho se debe considerar extinguido, sin perjuicio del régimen derevocación previsto en el art 493 TRLC.La exoneración supone la extinción de los créditos a los que alcanza la declaración,sin que alcance a los obligados solidarios, fiadores, avalistas , aseguradoras yquienes , por disposición legal o contractual, tengan la obligación de satisfacer ladeuda afectada por la exoneración.Expídase mandamiento a los acreedores afectados por la exoneración definitiva,para que comuniquen la exoneración a los sistemas de información crediticia a losque previamente hubieran informado del impago o mora de deuda exonerada para ladebida actualización de los registros. Dicho mandamiento se expedirá a instancia departe. Todo ello, sin perjuicio del derecho de del deudor de solicitar testimonio deesta resolución para requerir directamente a los sistemas de información crediticia laactualización de sus registros para dejar constancia de la exoneración.Esta resolución será notificada y publicada conforme al art. 482 TRLC, en la mismaforma que se acordó para la declaración de concurso. Y será inscrita en los registrosen que se inscribió dicha declaración y comunicada a los órganos judiciales y/oadministrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos deejecución contra el patrimonio de la parte concursada, a fin de que, en su caso, losarchiven definitivamente.Contra esta resolución no cabe recurso alguno conforme a lo dispuesto en el art. 481LC, sin perjuicio de que pueda ser revocada la concesión de la exoneración en lostérminos del artículo 493 y ss. del TRLCEn TOLEDO, a catorce de noviembre de dos mil veintitrés.EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Toledo, 16 de noviembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALFONSO JOSE MORENO MORENO
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