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Documento BOE-J-2023-492740

GRANADA. Edicto de 10 de noviembre de 2023 en procedimiento civil número 618/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 274, de 16 de noviembre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2023-492740

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 20 de Granada

Dirección: Avenida DEL SUR 3

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 618/2023

NIG: 1808742120230013275

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 24/07/2023

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento. Plazo: 10 días

DESTINATARIOS

GABRIEL PAUL TANASE - NIF/NIE: ****6463*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

SE ADMITE A TRÁMITE LA DEMANDA presentada por el Procurador D/Doña en nombre y representación de MEDIUS COLLECTION SL frente a GABRIEL PAUL TANASE, sobre Reclamación de cantidad que se sustanciará por las reglas del juicio verbal.Se fija la cuantía del procedimiento en 767,43 euros La parte actora aporta nº cuenta del Banco Santander (ES80-0049-2862-6223-1462-4716), cuyo titular es MEDIUS COLLECTION, S.LEMPLÁCESE A LA PARTE DEMANDADA con traslado de la demanda y documentación acompañada para que la conteste y se pronuncie sobre la pertinencia de celebrar vista en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, computado desde el siguiente al emplazamiento con las siguientes prevenciones legales:- Apercibir a la parte demandada que si no comparece dentro del plazo indicado, se le declarará en situación de rebeldía procesal y no se le notificarán más resoluciones que la que declare la rebeldía y la que ponga fin al proceso (artículos 496.1 y 497.1 LEC).- Advertir a la parte demandada que la comparecencia en juicio debe realizarse por medio de abogado y procurador siempre que la cantidad reclamada supere los 2.000 euros (art. 23 y 31 de la LEC). Si pretende valerse de estos profesionales, deberá comunicarlo a esta Oficina Judicial en el plazo de TRES DÍAS desde que se le notifique la demanda.- Advertir a la parte demandada que si carece de recursos económicos, puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita en el mismo plazo de tres días- Que están a su disposición en la Oficina Judicial impresos normalizados que puede emplear para contestar a la demanda.Se informa a las partes de que pueden recurrir a una negociación para intentar solucionar el conflicto, incluido el recurso a una mediación, pudiendo interesar la suspensión del procedimiento a tal fin

Granada, 10 de noviembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MILAGROSA FERNANDEZ GALISTEO

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