Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Coín
Dirección: Calle MAGISTRADO MIGUEL GARCIA LOPEZ S/N
Localidad: Coín
Código Postal: 29100
Provincia: Málaga
Teléfono: 951505213
Correo electrónico: jmixto.2.coin.jus@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 81/2023
NIG: 2904242120230000263
Acta
Fecha: 13/11/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: diez dias
Diligencia
Fecha: 13/11/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: diez dias
ANTONIO PLAZA CONEJO - NIF/NIE: ***4174**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
TASACION DE COSTAS QUE PRACTICA DÑA. MARÍA JOSÉ PÉREZ-VALENZUELA RAMOS LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE COIN EN EL PROCEDIMIENTO Juicio Monitorio 81/2023.
Cuantía : 817 €
- HONORARIOS DE LA LETRADA Mª DEL CARMEN GARCÍA NAVAS : 329,51 €.
- PROCURADORA DÑA. ANTONIA PILAR ZEA TAMAYO:
DERECHOS:
Artículo 9. . . . . . . . . . . . . . .35,00 €
Artículo 5-1 . . . . . . . . . . . . . 22,29 €
Total......................................57,29 €
IVA 21%...............................12,03 €
TOTAL DERECHOS ….....69,32 €
TOTAL (s.e.u.o.) . . . . . . . . . . . . . . . .398,83 €
Importa la presente Tasación de Costas (s.e.u.o.) la cantidad de TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO EUROS CON OCHENTA Y TRES CÉNTIMOS
En Coín a trece de noviembre de dos mil veintitrés
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
DILIGENCIA DE ORDENACION DEL LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR/A.D/Dª MARÍA JOSÉ PÉREZ-VALENZUELA RAMOS
En Coín, a trece de noviembre de dos mil veintitrés.
De la tasación de costas practicada en estos autos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 244 de la L.E.C., dése traslado a las partes por plazo común de DIEZ DÍAS, con la advertencia de que ya no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando a los interesados su derecho para reclamarlo de quien y como corresponda.
Dentro del plazo señalado, puede impugnarse la tasación practicada:
Por la parte condenada, basada en la inclusión de partidas, derechos o gastos indebidos, pero en cuanto a los honorarios de los abogados, peritos o profesionales no sujetos a arancel, también podrá impugnarse la tasación alegando que el importe de dichos honorarios es excesivo ( artículo 245.2 de la L.E.C.).
La parte favorecida, podrá impugnar la tasación por no haberse incluido gastos que estime debidamente justificados y reclamados. También podrá fundar su reclamación en no haberse incluido la totalidad de la minuta de honorarios de su abogado, o de perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel o no haberse incluido correctamente los derechos de su procurador ( artículo 245.3 de la L.E.C.).
En todo caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de ésta. En otro caso, no se admitirá a trámite la impugnación ( artículo 245.4 de la L.E.C.).
MODO DE IMPUGNACIÓN: Recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde su notificación, ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que la dicta.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,
Coín, 13 de noviembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JOSE PEREZ-VALENZUELA RAMOS
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid