Está Vd. en

Documento BOE-J-2023-487994

GRANADA. Edicto de 9 de noviembre de 2023 en procedimiento civil número 111/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 273, de 15 de noviembre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2023-487994

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Granada

Dirección: Plaza NUEVA 8

Localidad: Granada

Código Postal: 18009

Provincia: Granada

Teléfono: 958058970

Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.1.Granada.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 111/2022

NIG: 1808742120220000381

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 08/11/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: veinte días

DESTINATARIOS

INGRID JIMENEZ GONZALEZ - NIF/NIE: ***2839**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

SENTENCIA Nº 203/2023

En Granada a 8 de noviembre de 2023.

Dª CLAUDIA Mª LOPEZ PEÑA, Magistrada- Juez del juzgado de Primera Instancia nº 1 de Granada habiendo visto los presentes autos del Juicio Verbal nº 111/22 seguidos a instancia de la mercantil COCA COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA S.L.U, representada por la procuradora Sra. Aguayo López y asistida por el letrado Sr. Peralta López contra doña INGRID JIMÉNEZ GONZÁLEZ , en situación de rebeldía procesal , sobre incumplimiento contractual.

FALLO

ESTIMO la demanda interpuesta por COCA COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA S.L.U. frente a doña INGRID JIMÉNEZ GONZÁLEZ y en consecuencia debo efectuar los siguientes pronunciamientos:

Primero.- Condeno a la demandada a abonar a la actora ,desde las fechas en que debieron abonarse las cantidades de las facturas presentadas en este procedimiento y que configuraban los 1006'02 euros reclamados, hasta la fecha en que se produjo el pago total del principal adeudado, el interés legal que devenguen dichas cuantías, de acuerdo con lo establecido en el art. 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales , pues ha transcurrido el plazo de pago conforme dispone el art. 4 del mismo texto legal.

Segundo.- Condeno a la demandada al pago de las costas procesales.

Notifíquese a la partes la presente resolución haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.

Así lo mando y firmo.

Granada, 9 de noviembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ANGUSTIAS MACHADO HERNÁNDEZ

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid