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Documento BOE-J-2023-479958

VALÈNCIA. Edicto de 7 de noviembre de 2023 en procedimiento concursal número 482/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 271, de 13 de noviembre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2023-479958

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 5 de València

Dirección: Plaza PLAZA DEL TURNO DE OFICIO 1

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961922186

Correo electrónico: vamerca05_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 482/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 02/11/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

VERONICA GIL HERMANO - NIF/NIE: ***2710**

CARLOS OLIVERT FEMENIA - NIF/NIE: ***6057**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 5 DE VALENCIAPlaça Del Torn D'Ofici - Ciutat De La Justícia – 46013 Valencia - vamerca05_val@gva.esNIG:46250-66-1-2023-0002726Procedimiento:CONCURSO ABREVIADO [CNA] Núm.:000482/2023 - 2Deudor:VERONICA GIL HERMANO y CARLOS OLIVERT FEMENÍAPROCURADOR/A: TORRO UBEDA, MONICAABOGADO/A: CARBO MARTINEZ, JOSE DANIEL y CARBO MARTINEZ, JOSE DANIELE D I C T OD./Dª. PILAR IRLES MARTÍNEZ, Letrado A. Justicia del Juzgado de loMercantil num. 5 de VALENCIA, por el presente HAGO SABER:Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de AcreedoresCONCURSO ABREVIADO [CNA] núm. 000482/2023 habiéndose dictado enfecha 2-11-23 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez Auto por el quese acuerda:Reconocer la EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO a DONAVERONICA GIL HERMANO Y CARLOS OLIVERT FEMENIA. alcanzado la mismaa la totalidad de los créditos, tanto comunicados como nocomunicados, siempre que no tengan la condición legal de noexonerables de conformidad con lo dispuesto en el fundamentojurídico SEGUNDO de la presente resolución.El pasivo no satisfecho EXONERADO se debe considerarinexigible, sin perjuicio del régimen de revocación previsto en elart. 493 TRLC. La extinción de los créditos no alcanza a losobligados solidarios, fiadores y avalistas del concursado respectode los créditos que se exoneran.Los acreedores afectados deberán comunicar a los sistemas deinformación crediticia a los que previamente hubieran informadodel impago o mora de deuda exonerada para la debida actualizaciónde sus registrosLa CONCLUSION del concurso DONA VERONICA GIL HERMANO Y CARLOSOLIVERT FEMENIA cesando respecto del mismo todos los efectos de ladeclaración del concurso, una vez sea firme la presenteresolución.Con la presente publicación se da la publicidad establecida en elart. 482 del TRLC para la resolución que acuerda la conclusión delprocedimiento.Más información disponible en el Registro Público Concursal a través delenlace:https://www.publicidadconcursal.es/consulta-publicidad-concursal-newCSV:NE25Z8X3:6GQZLC29:E7YT82JK URL de validació:https://www.tramita.gva.es/csv-front/index.faces?cadena=NE25Z8X3:6GQZLC29:E7YT82JKEn VALENCIA, a tres de noviembre de dos mil veintitrés.EL/LA LETRADO/A A. JUSTICIACSV:NE25Z8X3:6GQZLC29:E7YT82JK URL de validació:https://www.tramita.gva.es/csv-front/index.faces?cadena=NE25Z8X3:6GQZLC29:E7YT82JK

València, 7 de noviembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PILAR IRLES MARTINEZ

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