Contido non dispoñible en galego
Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Córdoba
Dirección: Calle ISLA MALLORCA S/N
Localidad: Córdoba
Código Postal: 14011
Provincia: Córdoba
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Correo electrónico: jmercantil.1.cordoba.jus@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 218/2021
Diligencia
Fecha: 23/10/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
JUAN IGNACIO RODRIGUEZ RUIZ - NIF/NIE: ***7484**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
En el procedimiento de referencia seguido en el JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE CORDOBA, a instancia de COCA COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA S.L.U. contra D. JUAN IGNACIO RODRIGUEZ RUIZ, se ha dictado resolución que copiada, es como sigue:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Elena Colorado Gamez
En Córdoba, a veintitrés de octubre de dos mil veintitrés.
1.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 244 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), de la anterior tasación de costas, dese traslado a las partes por plazo común de diez días, con la advertencia de que ya no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando a los interesados su derecho para reclamarlo de quien y como corresponda.
2.- Dentro del plazo señalado, puede impugnarse la tasación practicada:
2.1. Por la parte condenada, basada en la inclusión de partidas, derechos o gastos indebidos y en cuanto a los honorarios de los/as abogados/as, peritos o profesionales no sujetos a arancel, también podrá impugnarse la tasación alegando que el importe de dichos honorarios es excesivo (artículo 245.2 LEC).
2.2. La parte favorecida, podrá impugnar la tasación por no haberse incluido gastos que estime debidamente justificados y reclamados. También podrá fundar su reclamación en no haberse incluido la totalidad de la minuta de honorarios de su abogado/a, o de perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel o no haberse incluido correctamente los derechos de su procurador/a (artículo 245.3 LEC).
2.3. En todo caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de ésta. En otro caso, no se admitirá a trámite la impugnación (artículo 245.4 LEC).
Transcurrido dicho plazo sin que se formule impugnación se aprobará por el Letrada de la Administración de Justicia la tasación practicada (artículo 244.3 de la LEC).
MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de REPOSICIÓN ante la Letrada de la Administración de Justicia, mediante escrito presentado en la Oficina judicial en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículos 451 y 452 de la LEC).
La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 451.3 de la LEC).
Lo acuerdo y firmo.
TASACIÓN DE COSTAS
Que practica la Letrada de la Administración de Justicia D.ª Elena Colorado Gamez, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), en el procedimiento JO 218/2021.
HONORARIOS DE LA LETRADA SR IVAN FERNANDEZ REBORDINOS ...1916.39€
DERECHOS DEL PROCURADOR SR RAFAEL ORTEGA IZQUIERDO
Art.1cuantia determinada ......................................…………….................290.88 €
Art. 5 tasación costas ....................................................................................22,29 €
Total derechos ........................................................................................... 313.17€
IVA 21%..................................................................................................... 65.76€
Total derechos e iva.....................................................................................378.93€
SUPLIDOS
Tasa judicila ...300 euros
TOTAL TASACION COSTAS ...2595.32 €
Importa la presente tasación de costas la cantidad dedos mil quinientos noventa y cinco euros con treinta y dos centimos
Y como consecuencia del ignorado paradero de D. JUAN IGNACIO RODRIGUEZ RUIZ, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Córdoba, 7 de noviembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ELENA COLORADO GAMEZ
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