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Documento BOE-J-2023-475526

VALÈNCIA. Edicto de 5 de noviembre de 2023 en procedimiento en materia social número 964/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 269, de 10 de noviembre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2023-475526

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Social Nº 15 de Valencia

Dirección: Plaza PLAZA DEL TURNO DE OFICIO 1

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961929108

Correo electrónico: vaso15_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Social

Número: 964/2022

NIG: 4625044420220016444

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 19/07/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

CALMA HOTELS GESTION SL - Nº B98931264

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EVA MARIA DIAZ MARCO, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 15 de Valencia.

Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos núm. 000964/2022/MJ a instancias de OKSANA BOCHKOVA contra CALMA HOTELS GESTION y FONDO DE GARANTIA SALARIAL en la que el día 19 de julio de 2023 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:

FALLO:

Con estimación de la demanda por despido presentada por Dª. OKSANA BOCHKOVA contrala empresa CALMA HOTELS GESTIONS.L., debo declarar y declaro la improcedencia del despido enjuiciado de fecha de efectos 8de septiembrede 2022, y debo condenar y condeno a la empresa demandada a ejercitar la opción, en el plazo de los 5 días siguientes a la notificación de la presente resolución, entre readmitira latrabajadoraen las mismas condiciones laborales anteriores al despido, con abono de los salarios de tramitación a razón de 46,25euros diarios hasta la notificación de la sentencia; o indemnizara latrabajadoraen la cantidad de 508,75 euros, con extinción de la relación laboral en éste último supuesto.

Todo ello con responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial, en la parte que legalmente corresponda, en el caso de insolvencia de la empresa.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE SUPLICACION para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que deberá anunciarse dentro de los CINCO DÍAS siguientes a la notificación de la presente resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte, su Abogado o representante de su propósito de entablar tal recurso, o por comparecencia o por escrito ante este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación a CALMA HOTELS GESTION que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Tablón edictal único del BOE, expido el presente en Valencia, a tres de noviembre de dos mil veintitrés.

València, 5 de noviembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, EVA MARIA DIAZ MARCO

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