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Documento BOE-J-2023-470997

ALICANTE/ALACANT. Edicto de 2 de noviembre de 2023 en procedimiento civil número 1305/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 266, de 7 de noviembre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - ALICANTE/ALACANT
Referencia:
BOE-J-2023-470997

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Alicante

Dirección: Calle PARDO GIMENO 43

Localidad: Alicante/Alacant

Código Postal: 03007

Provincia: Alicante/Alacant

Teléfono: 966902555

Correo electrónico: alpi01_ali@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1305/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 01/09/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

RAFAEL BAÑULS PEREZ - NIF/NIE: ***3580**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

A U T OMagistrado-JuezSr./a.: CARLA FALCO SELLER.En ALICANTE, a uno de septiembre de dos mil veintidós.ANTECEDENTES DE HECHOÚnico.- Por el Procurador de los tribunales, Sr./a JAÑEZ RAMOS, JOAQUIN MARIA, en nombre y representación de ABANCA CORPORACION BANCARIA S.A, se ha presentado demanda ejecutiva frente a RAFAEL BAÑULS PEREZ, en ejecución de sentencia de fecha 06/04/22.FUNDAMENTOS DE DERECHOPrimero.- Ha sido examinada por este tribunal su jurisdicción, competencia objetiva y territorial, concurriendo en la demanda presentada los presupuestos y requisitos procesales exigidos por la ley, y siendo el título que se acompaña susceptible de ejecución, de conformidad con el artículo 517 de la L.E.C., procede, en virtud de lo dispuesto en el artículo 551 y concordantes de la L.E.C., dictar orden general de ejecución y despacho de la misma.Segundo.- Procede que se despache ejecución a favor de la solicitante al haber acreditado su condición de acreedor en el título ejecutivo presentado, frente a la parte deudora, Al aparecer como deudor/es en el mismo título, conforme a lo establecido en el artículo 538 de la L.E.C. Tercero.- En virtud de lo dispuesto en el artículo 551.3 de la L.E.C., dictado el auto por el juez o magistrado, el Letrado de la Administración de Justicia responsable de la ejecución, en el mismo día o en el día siguiente hábil, dictará decreto con los contenidos previstos en el citado precepto.Cuarto.- Al ser determinada la cantidad reclamada, conforme a lo establecido en el artículo 572 de la L.E.C., procede despachar la ejecución por las cantidades solicitadas, sin perjuicio de las posteriores liquidaciones que pudieran corresponder.PARTE DISPOSITIVAAcuerdo:Dictar orden general de ejecución del título indicado a favor de la parte ejecutante, ABANCA CORPORACION BANCARIA S.A, frente a RAFAEL BAÑULS PEREZ, parte ejecutada, .Se despacha ejecución por importe de 4209,09 euros en concepto de principal e intereses ordinarios y moratorios vencidos, más otros 1262 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Letrado/a de la Administración de Justicia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la L.E.C.Modo de impugnación: contra esta orden no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la L.E.C. y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.EL/LA MAGISTRADO-JUEZ, EL/LA LETRADO/A ADMÓN. JUSTICIA,

QUEDANDO EL DECRETO Y LA DEMANDA EJECUTIVA A SU DISPOSICIÓN EN LA SECRETARIA DE ESTE JUZGADO

Alicante/Alacant, 2 de noviembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ISAAC BERNABEU PEREZ

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