Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Picassent
Dirección: Calle BAIXADA DELS JUTJATS 1
Localidad: Picassent
Código Postal: 46220
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 963425174
Correo electrónico: pimi02_val@gva.es
Civil
Número: 1351/2009
NIG: 4619441220090002716
Decreto
Fecha: 13/02/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
JOSE JAVIER BOSCH MOYA - NIF/NIE: ***4925**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE PICASSENTTelf. 963425174 . Fax 963425191N.I.G.:46194-41-2-2009-0002716Procedimiento: EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES [ETJ] - 001351/2009-De: CAIXABANKProcurador/a Sr/a. SANCHIS MENDOZA, MARGARITAContra: JOSE JAVIER BOSCH MOYAProcurador/a Sr/a.4619441220090002716
D E C R E T O
Sr./a Letrado/a A. Justicia: VICTOR JESUS CABRERA GARCIA
En PICASSENT (VALENCIA), a trece de febrero de dos mil veintitrés.
ANTECEDENTES DE HECHO
UNICO.- En fecha 17 de noviembre de 2022 a través de edictos de conformidad con lo previsto en el art. 156.4 y 164 de la L.E.C se dio traslado de la relación de daños y perjuicios al deudor, sin que conste en autos la oposición del mismo.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- El artículo 714 de la L.E.C. dice que si el deudor se conforma, o deja pasar el plazo de diez días sin evacuar el traslado, o se limita a negar genéricamente la existencia de daños y perjuicios, sin concretar los puntos en que discrepa de la relación presentada por el acreedor, ni expresar las razones y el alcance de la discrepancia, ésta se aprobará y se procederá a hacer efectiva la suma convenida en la forma establecida en los artículos 571 y siguientes para la ejecución dineraria.
SEGUNDO.- En su apartado 2 el citado artículo 714 dispone que se entenderá que el deudor presta su conformidad a los hechos alegados por el ejecutante si dejar pasar el plazo de diez días sin evacuar el traslado o se limita a negar genéricamente la existencia de daños y perjuicios, sin concretar los puntos en que discrepa de la relación presentada por el acreedor, ni expresar razones y el alcance de la discrepancia.
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
Aprobar la liquidación presentada por 443,86€, la cual deberá hacerse efectiva en la forma establecida en el art. 571 y s.s. de la L.E.C.
MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante el Letrado A. Justicia que lo dicta.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
EL/LA LETRADO A. JUSTICIA
Picassent, 25 de octubre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ENCARNACION CABEZA RODRIGUEZ
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