Contido non dispoñible en galego

Está Vd. en

Documento BOE-J-2023-454447

MADRID. Edicto de 23 de octubre de 2023 en procedimiento civil número 227/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 258, de 28 de octubre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-454447

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 19 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 227/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 02/10/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: sin dilación

DESTINATARIOS

Adán Rubio, Paloma - Nº ***1252**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E d i c t o Dª. Yolanda Peña Jiménez, Letrada de la Admón. Justicia del Juzgado Mercantil número 19 de Madrid, Hace saber: 1.- Que en el concurso número de autos 227/2023, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2023/0228883, por auto de 2/10/2023, se ha declarado en concurso voluntario, a Dª. Paloma Adán Rubio, con DNI, 51912521A, y domiciliado en C/Colombia nº 12 de Fuenlabrada (Madrid) 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es D. Germán Espina Gil, con domicilio postal en C/Félix Boix nº 9, bajo derecha Madrid, y dirección electrónica ger.espina@gmail.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 255 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.registradores.org

Madrid, 23 de octubre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, YOLANDA PEÑA JIMÉNEZ

subir

Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid