Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Málaga
Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N
Localidad: Málaga
Código Postal: 29010
Provincia: Málaga
Teléfono: 951938529
Concursal
Número: 54707/2009
NIG: 2906742020090001645
Decreto
Fecha: 23/12/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
EXCAVACIONES JOYMA SL - NIF/NIE: ****4142*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
DECRETO Nº 388/2022
Letrado/a de la Administración de Justicia, Sr./a.: ANA ISABEL DEL POZO AGUILAR
En Málaga, a veintitrés de diciembre de dos mil veintidós.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Por la Procuradora Sra. TINOCO GARCIA se ha reclamado de su poderdante EXCAVACIONES JOYMA SL la cantidad de 399,95 euros, que afirma le son debidos por los derechos devengados y suplidos pagados en el proceso Cuenta del procurador 547.07/2009, acompañando cuenta de los derechos y suplidos.
Segundo.- De dicha petición se ha dado traslado a su poderdante EXCAVACIONES JOYMA SL, por plazo de DIEZ DÍAS, para que dentro del mismo abonase la cantidad reclamada, bajo apercibimiento de apremio, o bien se opusiere a la cuenta exponiendo los motivos de la impugnación.
Tercero.- Ha transcurrido el plazo concedido al poderdante sin que haya formulado impugnación a la cuenta, ni haya abonado la suma reclamada.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Dispone el artículo 34.3 de la L.E.C., que si el poderdante no formulare oposición dentro del plazo establecido, se despachará ejecución por la cantidad a que ascienda la cuenta, más las costas.
Segundo.- En el presente caso visto el requerimiento que se ha hecho al deudor así como su posterior falta de impugnación a la misma, o pago de la cantidad reclamada, es procedente acordar el archivo del presente procedimiento y requerir al procurador a fin de que formule demanda de ejecución, sirviendo la presente resolución de título ejecutivo para el despacho de la misma, a tenor de lo establecido el artículo 517.2.9º de la L.E.C., siendo la cantidad reclamada vencida, determinada y líquida.
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
1.- Archivar la presente cuenta de procurador instada por la Procuradora Sra. TINOCO GARCIA, frente a su poderdante EXCAVACIONES JOYMA SL.
2.- Requerir a la Procuradora demandante a fin de que presente demanda de ejecución, en el caso de que desee proceder al despacho de la misma.
MODO DE IMPUGNACION: Este decreto no es susceptible de recurso, sin perjuicio de la oposición que pueda plantearse ante la ejecución que en su día se despachare. (artículo 35.3 LEC).
Así lo acuerdo y firmo, doy fe.
Málaga, 1 de febrero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANA ISABEL DEL POZO AGUILAR
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