Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Valencia
Dirección: Plaza PLAZA DEL TURNO DE OFICIO 1
Localidad: València
Código Postal: 46013
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 961929039
Correo electrónico: vamerca03_val@gva.es
Concursal
Número: 749/2023
Auto
Fecha: 18/10/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Concurso de acreedores de Yarakseed SLU
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Parte dispositiva del auto de declaración de concurso:
Que debo acordar y acuerdo DECLARAR EN ESTADO DE CONCURSO VOLUNTARIO a la entidad YARAKSEED SL, con C.I.F. B98379597, constituída por tiempo indefinido el 12 de septiembre de 2012, ante el notario de Valencia D. Juan Piquer Belloch, domicilio social actual en la Calle Capellers, Nº7, en Torrent, Valencia (46900) e inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, en el tomo nº 9.380, libro 6662, folio 172 y hoja V-145456.Procédase a la publicación del auto declarando el concurso de acreedores, poniendo de manifiesto que el pasivo concursal asciende a la cantidad de 166,297.83 euros, ordenando la remisión telemática al BOE para su publicación en el suplemento del tablón edicto judicial único y la publicación en el registro público concursal, con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el 5% del pasivo a fin de que, en el plazo de 15 días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de administrador concursal a los efectos del artículo 37 ter TRLC.Expídase por el Sr. Letrado de la Administración de Justicia, mandamiento por duplicado al Registro Mercantil en el que figure inscrita la sociedad, al que se adjuntará testimonio de esta resolución, para que proceda a la inscripción de la declaración del concurso.Expirado el plazo de alegaciones previsto en el art. 37 ter TRLC sin haberse recibido ninguna, pronúnciese auto de conclusión de concurso, con extinción y disolución de la solicitante, adoptándose los remedios de publicidad generalmente previstos en los arts. 35-37 TRLC.Fórmese la Sección 1ª del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor.Notifíquese esta resolución al deudor y, en su caso, a la representación legal de los trabajadores, AEAT, TGSS y FOGASA.Contra la presente resolución no cabe recurso.(art. 12 TRLC.).Así lo acuerda,manda y firma Dª. CONSUELO DOMINGO MUÑOZ, Juez del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Valencia. Doy fe.
Enlace al Registro Público Concursal: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/
València, 20 de octubre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE VICTOR SANZ GORDON
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