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Documento BOE-J-2023-447145

MADRID. Edicto de 19 de octubre de 2023 en procedimiento civil número 46/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 256, de 26 de octubre de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-447145

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 06 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 46/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 04/10/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: .

DESTINATARIOS

Acreedores de Eva María Santos Carballal

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO LA LETRADA DEL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 06 DE MADRID, ANUNCIA Que en el procedimiento Concurso ordinario 46/2023 por auto de fecha 04/10/2023 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso de Dña. EVA MARIA SANTOS CARBALLAL, con NIF 33985301H, en los siguientes términos: “DISPONGO: Que debo acordar la CONCLUSIÓN del presente concurso por la causa 7ª del art. 465 L.Co de insuficiencia de masa; alzando y poniendo fin a los efectos del concurso declarado de modo limitado por insuficiencia de masa originaria. El deudor persona natural quedará responsable del pago de los créditos insatisfechos no exonerables, salvo aquellos para los que, siendo exonerables, hubiera obtenido la extinción judicial por la obtención de la exoneración del pasivo insatisfecho. Los acreedores por créditos no exonerables podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia firme de condena. Notifíquese esta resolución a las partes personadas; haciéndole saber que contra la presente Resolución y sus pronunciamientos no cabrá recurso ordinario alguno -art. 481.1 LCo-.” En Madrid, a 04 de octubre de 2023. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid, 19 de octubre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARÍA JESÚS PALMERO SANDÍN

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