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Documento BOE-J-2023-447135

MADRID. Edicto de 19 de octubre de 2023 en procedimiento civil número 336/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 256, de 26 de octubre de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-447135

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 06 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 336/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 10/10/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: .

DESTINATARIOS

Acreedores de Lamobese, S.A.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O Mª Jesús Palmero Sandín, Letrada de la Administración de Justicia y del Juzgado de lo Mercantil de Madrid A N U N C I A Que en el procedimiento concursal Concurso ordinario 336/2023 referente al concursado LAMOBESE SA, CIF A79495545, por auto de fecha 10/10/2023 se ha acordado lo siguiente: · La CONCLUSIÓN del presente proceso especial en su modalidad sin masa por la causa 3º del art. 720.1 LCo de inexistencia o insuficiencia de masa respecto del deudor LAMOBESE, S.A. CIF: A79495545, ordenando, una vez firme la presente resolución, el ARCHIVO definitivo de las presentes actuaciones. · No procede la remisión e inclusión de bien o derecho alguno de la masa en la Plataforma Electrónica de Venta de Activos a que se refiere la D.A.2ª de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre. · Se acuerda, con subsistencia de la personalidad jurídica de la mercantil insolvente en tanto persistan en su patrimonio relaciones jurídico-materiales de activo y de pasivo, el CIERRE DEFINITIVO de la hoja abierta a esa persona jurídica en el registro público en el que figure inscrita; ordenando la CANCELACIÓN de la hoja abierta a esa persona jurídica. De conformidad con lo establecido en el artículo 177.1 de la Ley Concursal contra la presente resolución no cabe recurso alguno. En Madrid, a 10 de octubre de 2023. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid, 19 de octubre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARÍA JESÚS PALMERO SANDÍN

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