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Documento BOE-J-2023-447124

MADRID. Edicto de 18 de octubre de 2023 en procedimiento civil número 474/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 256, de 26 de octubre de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-447124

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 15 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 474/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 17/10/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 20 días

DESTINATARIOS

Concursado, acreedores y otros interesados

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Edicto En el procedimiento arriba indicado se ha dictado resolución del tenor siguiente: I.- Debo aprobar y apruebo el convenio concursal adoptado para el concurso 474/2022 de Especialidades médicas libreros, s.l., según propuesta de convenio de la concursada presentada al Juzgado con fecha 11/01/2023, la cual tendrá efecto según los propios términos de su contenido. Dicho convenio se incluye testimoniado íntegramente como Anexo I de esta resolución. II.- Debo acordar y acuerdo el cese de la Administración concursal en sus cargos, cese que tendrá efecto de modo automático e inmediato una vez firme la presente sentencia, cuando entre en vigor el convenio aprobado, según su propio contenido, y sin perjuicio de las funciones que éste pudiera atribuir a los miembros de esa Administración y de su actuación en la Sección de calificación. A partir de tal momento, dicha Administración concursal contará, sin necesidad de previo requerimiento alguno, con un plazo de un mes para rendir cuenta detallada de su labor. III.- Debo acordar y acuerdo la terminación de los efectos legales sobre la intervención de facultades de administración y disposición patrimonial del deudor concursado generados por la declaración de concurso, terminación que tendrá lugar en el mismo momento de cese de la Administración Concursal, siendo sustituidos, en su caso, tales efectos legales por los previstos en el convenio aprobado. IV.- Se declara finalizada la fase común del presente concurso.

Madrid, 18 de octubre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA EUGENIA LOPEZ-JACOISTE RICO

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