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Documento BOE-J-2023-44531

CASTELLÓ DE LA PLANA. Edicto de 1 de febrero de 2023 en procedimiento concursal número 303/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 32, de 7 de febrero de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - CASTELLÓN/CASTELLÓ
Referencia:
BOE-J-2023-44531

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 8 de Castellón

Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10

Localidad: Castelló de la Plana

Código Postal: 12003

Provincia: Castellón/Castelló

Teléfono: 964621747

Correo electrónico: cspi08_cas@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 303/2022

NIG: 1204042120220002290

RESOLUCIÓN PROCESAL

Providencia

Fecha: 31/01/2023

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento. Plazo: diez días

DESTINATARIOS

Interesados no personados

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

P R O V I D E N C I A

Juez/Magistrado-Juez,Sr./a: INMACULADA DOMINGUEZ OLIVEROS.En CASTELLON, a treinta y uno de enero de dos mil veintitrés.

1.- Dada cuenta; por presentado el escrito que antecede por el Administrador Concursal al objeto de aportar los textos definitivos a los que se refiere el art. 303 del Texto Refundido de la Ley Concursal, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2020 de 5 de Mayo, únase a los autos de su razón y póngase de manifiesto a las partes personadas y a los interesados en general, en la secretaría de este Juzgado. A esos efectos de publicidad a los interesados no personados, insértese el correspondiente Edicto en el tablón edictal judicial único.

2.- El texto definitivo de la lista de acreedores, además de en los demás supuestos previstos en esta Ley, podrá modificarse en los casos previstos en el artículo 308 TRLC. La modificación sólo podra solicitarse de conformidad con el art. 311.2 TRLC, mediante solicitud dirigida a la Administración concursal, con justificación de la modificación pretendida, así como de la concurrencia de las circunstancias previstas en dicho artículo.

3.- Se requiere al concursado, mediante la notificación del presente proveído a su representación procesal, por término de tres días hábiles para que manifieste si opta por la apertura de la fase de convenio o de la fase de liquidación, en caso de no efectúarse manifestación alguna se entenderá que opta por la apertura de la fase de liquidación.

4.- Conforme a lo previsto en el artículo 527 TRLC, el plazo para la presentación de propuestas ordinarias de convenio finalizará en todo caso 5 días después de la notificación del informe del administrador concursal y, en caso de no presentarse, el secretario judicial abrirá de inmediato la fase de liquidación (art. 528 TRLC).Una vez transcurrido dicho plazo queden los autos sobre la mesa para resolver.

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este tribunal.Para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente de alguno de los anteriores.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.EL/LA JUEZ/MAGISTRADO, EL/LA LETRADO A. JUSTICIA,

Castelló de la Plana, 1 de febrero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MANUEL PALACIOS BENITEZ

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