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Documento BOE-J-2023-443242

PALMA DE MALLORCA. Edicto de 17 de octubre de 2023 en procedimiento concursal número 359/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 254, de 24 de octubre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ILLES BALEARS
Referencia:
BOE-J-2023-443242

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

JDO. DE LO MERCANTIL N. 4

Dirección: C/ TRAVESSA D'EN BALLESTER Nº 20, PLT. BJ (SA GERRERIA) 07002 PALMA DE MALLORCA

Localidad: PALMA DE MALLORCA

Código Postal: 07002

Provincia: Illes Balears

Teléfono: 871006432

Correo electrónico: mercantil4.palmademallorca@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 359/2023

NIG: 0704047120230000754

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 05/10/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

ACREEDOR ACREEDOR ACREEDOR

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

Anuncio de conclusión de concurso. Juzgado de lo Mercantil número 4 de Palma de Mallorca Número de autos: CNO 0000359/23 Número de Identificación General: 07040 47 1 2023 0000754 Fecha del Auto: 04 de octubre de 2023 Deudor: D. SEGUNDO DANIEL MEJIA MACIAS DNI 41****31K Motivo: Conclusión auto concurso sin masa, en la forma establecida en el artículo 37 bis del Texto Refundido de la Ley Concursal. Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la dirección electrónica del Registro Público Concursal https://www.publicidadconcursal.es/ En Palma de Mallorca, a 5 de octubre de 2023 LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes. Código Seguro de Verificación E04799402-MI:rbDe-exuE-vLdQ-Lnba-R Puede verificar este documento en https://www.administraciondejusticia.gob.es

PALMA DE MALLORCA, 17 de octubre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ARANZAZU GALARRAGA ZAMORA

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