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Documento BOE-J-2023-432675

SANTA MARÍA LA REAL DE NIEVA. Edicto de 9 de octubre de 2023 en procedimiento civil número 70/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 249, de 18 de octubre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - SEGOVIA
Referencia:
BOE-J-2023-432675

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Santa Maria la Real de Nieva

Dirección: Calle PEÑUELAS s/n

Localidad: Santa María la Real de Nieva

Código Postal: 40440

Provincia: Segovia

Teléfono: 921594008

Correo electrónico: victor.illan@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 70/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 11/07/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 10 días

DESTINATARIOS

SERGIO SANZ HERNANDEZ - NIF/NIE: ***3622**

FARAH OUEZZANI BOUSSELHAM - NIF/NIE: ***9724**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:1.- Ordenar que se ejecute el título de préstamo hipotecario.2.- Despachar ejecución a favor de la parte ejecutante BANCODE SABADELL SA, frente a SERGIO SANZ HARNANDEZ y FARAHOUEZZANI BOUSSELHAM , parte ejecutada, por importe de 118331.57 euros en concepto de principal e intereses ordinarios y moratorios vencidos, más otros 35640 euros que sefijan provisionalmente en concepto de intereses que, en sucaso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas deésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.3.- Requerir al ejecutado de pago a fin que efectúe el pago delas cantidades reclamadas en concepto de principal 118331.57euros y 35640 de intereses y costas provisionales. En dicho requerimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 686.2 dela LEC, habrán de incluirse las indicaciones contenidas en el artículo 441.5 de dicha ley, produciendo iguales efectos.El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Letrado de la Administración de Justicia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la L.E.C., sin citación ni emplazamiento, para que en cualquier momento pueda personarse en la ejecución.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución enlos términos previstos en el artículo 695 de la L.E.C. y en el plazo de DIEZ DÍAS a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.Así lo acuerda el Magistrado-Juez. Doy fe.

EL/LA JUEZ EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Santa María la Real de Nieva, 9 de octubre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, INMACULADA BLAZQUEZ MENDOZA

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