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Documento BOE-J-2023-432491

MÁLAGA. Edicto de 13 de octubre de 2023 en procedimiento civil número 61/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 249, de 18 de octubre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MÁLAGA
Referencia:
BOE-J-2023-432491

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Málaga

Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N

Localidad: Málaga

Código Postal: 29010

Provincia: Málaga

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 61/2023

NIG: 2906742120160001032

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 01/09/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

JOSE CASALES VIZCARRO - NIF/NIE: ***5125**

MASSA HIDALGO ASOCIADOS, S.L. - Nº ****5356*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

SE DICTA ORDEN GENERAL DE EJECUCIÓN Y SE ACUERDA SU DESPACHO a instancias de la Procuradora CINTIA LEONOR VELAZQUEZ CARRASCO, en nombre y representación de CLEAR CHANNEL ESPAÑA, S. L., frente a JOSE CASALES VIZCARRO y MASSA HIDALGO ASOCIADOS SL por la suma de 4.341,08 € de principal, más 1.302,32 € ( 30% ), presupuestadas para intereses y costas de la ejecución sin perjuicio de ulterior liquidación.

SE ACCEDE a las medidas solicitadas por la parte ejecutante conforme a lo contenido en el razonamiento SEGUNDO, en concreto las siguientes:

- EMBARGO ECCV.

- EMBARGO AEAT.

- Procédase a la averiguación patrimonial del ejecutado mediante consulta en el Punto Neutro Judicial , con traslado de su resultado al ejecutante.

- Requerir a la parte ejecutada para que en el plazo de 10 días, manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes a que estuvieren afectos los bienes, así como, en el supuesto de tratarse de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título. Y ello con el apercibimiento que de no verificarlo en el indicado plazo, ni alegar causa justa que se lo impida, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave y, en su caso, con imposición de multas coercitivas periódicas, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren.

Málaga, 13 de octubre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, DAVINIA JIMENEZ CHAMIZO

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