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Documento BOE-J-2023-430482

MADRID. Edicto de 9 de octubre de 2023 en procedimiento civil número 81/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 248, de 17 de octubre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-430482

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 15 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 81/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 06/10/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 5 días

DESTINATARIOS

HERNÁNDEZ LÓPEZ, JOSÉ ENRIQUE - NIF/NIE: ***2976**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente: DILIGENCIA DE ORDENACIÓN LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA QUE LA DICTA: D./Dña. MARIA EUGENIA LOPEZ-JACOISTE RICO Lugar: Madrid Fecha: seis de octubre de dos mil veintitrés No habiendo comparecido la parte demandada VECO EXPERIENCIA SL dentro del plazo para contestar a la demanda y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 496.1 de la LEC, se declara a dicha parte en situación de REBELDIA procesal. Conforme lo ordenado en el artículo 497.1 de la misma Ley y por no ser conocido el domicilio la parte demandada, notifíquesele esta resolución por edictos, fijando copia de esta resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de resolución que ponga fin al proceso y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 498 cuando se tenga conocimiento del lugar en que puedan encontrarse. Cumplidos los plazos y trámites previstos en el artículo 414.1 de la LEC y de acuerdo con lo dispuesto en el mismo, se convoca a las partes a la audiencia previa al juicio, con la finalidad de: 1) intentar un acuerdo o transacción entre las mismas, que ponga fin al proceso. 2) examinar, en su caso, las cuestiones procesales que puedan obstar a la prosecución del proceso y a su terminación mediante una sentencia sobre su objeto. 3) fijar con precisión el objeto del proceso y los extremos de hecho y de derecho sobre los que exista controversia y, 4) proponer y admitir prueba si procediera. 5) Examinar las cuestiones que, con carácter excepcional prevé la ley puedan plantearse en la misma. En esta convocatoria, se informa también a las partes de la posibilidad de recurrir a una negociación para intentar solucionar el conflicto, incluido el recurso a una mediación,en cuyo caso éstas indicarán en la audiencia su decisión al respecto y las razones de la misma.

Madrid, 9 de octubre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA EUGENIA LOPEZ-JACOISTE RICO

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